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Concepto 061 de 24-01-2018

Para ser clasificado en el grupo 3 la entidad debe cumplir con la totalidad de los requisitos establecidos en el capítulo 1 del anexo 3 del Decreto 2420 de 2015. El no cumplimiento de alguno de estos requisitos generaría la necesidad de clasificar la entidad en otro grupo, por ejemplo, en el grupo 2, cuyo marco técnico es el contenido en el anexo 2 de dicho decreto.

Fecha de publicación: 24 de enero de 2018
Concepto 061 de 24-01-2018
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 061
Enero 24 de 2018

 

Para ser clasificado en el grupo 3 la entidad debe cumplir con la totalidad de los requisitos establecidos en el capítulo 1 del anexo 3 del Decreto 2420 de 2015. El no cumplimiento de alguno de estos requisitos generaría la necesidad de clasificar la entidad en otro grupo, por ejemplo, en el grupo 2, cuyo marco técnico es el contenido en el anexo 2 de dicho decreto.

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