La Ley 1581 de 2012 se aplica a los datos personales que se encuentren en bases de datos o archivos de entidades públicas o privadas, entendidos estos, como conjuntos organizados o depósitos ordenados de datos personales sujetos a tratamiento, es decir, a la recolección, el almacenamiento, el uso, la circulación o la supresión de los mismos. Por lo anterior, las imágenes captadas en cámaras de vigilancia encuadran dentro del concepto de dato personal y en consecuencia, les resulta aplicable el régimen de protección de datos personales prevista en dicha ley. Sin embargo, cuando la grabación se lleve a cabo en un ámbito exclusivamente personal o doméstico, se realice con finalidad periodística o tenga como finalidad la seguridad y defensa nacional, no le resultará aplicable lo dispuesto en la ley de protección de datos personales.
Superintendencia de Industria y Comercio
Concepto 17047373
Marzo 31 del 2017
Las grabaciones que se lleven a cabo en un ámbito exclusivamente personal o doméstico, que se realicen con finalidad periodística o que tengan como propósito la seguridad y defensa nacional, no estarán sujetas a lo dispuesto en la Ley 1581 de 2012 sobre la protección de datos personales.