Ante la muerte del revisor fiscal, es necesario validar si la sociedad cuenta con la figura de revisor fiscal suplente, quien será el profesional que asumirá las funciones del revisor fiscal principal y emitirá el dictamen sobre los estados financieros. En caso de que no exista dicha figura, será responsabilidad de la entidad realizar el nombramiento de un nuevo revisor fiscal.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 658
Julio 31 de 2017
Ante la muerte del revisor fiscal, es necesario validar si la sociedad cuenta con la figura de revisor fiscal suplente, quien será el profesional que asumirá las funciones del revisor fiscal principal y emitirá el dictamen sobre los estados financieros. En caso de que no exista dicha figura, será responsabilidad de la entidad realizar el nombramiento de un nuevo revisor fiscal.