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Concepto 763 de 04-09-2017

El CTCP precisa que los servicios exequiales o funerarios son contratos de seguros, y como el estándar internacional para pymes no trata el tema, es apropiado aplicar la NIIF 4 a esos contratos, al tener en cuenta la jerarquía normativa de la sección 10.4 a 10.6 del estándar. Los párrafos B6 y B7 de la NIIF 4 se refieren a contratos de prestación de servicios que se asimilan a contratos de seguros y, por consiguiente, les sería aplicable este estándar. Cabe señalar que a pesar de que los servicios exequiales no se encuentran expresamente señalados en estos párrafos, su naturaleza es equivalente a un contrato de servicios que se prestarán cuando ocurra el siniestro, por lo cual el Consejo los considera como contratos de seguros.

Fecha de publicación: 4 de septiembre de 2017
Concepto 763 de 04-09-2017
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Concepto 763
Septiembre 04 de 2017

El CTCP precisa que los servicios exequiales o funerarios deben tratarse como contratos de seguro, y como tal, aplicarles la NIIF 4, esto, debido a que el estándar internacional para pymes no trata el tema, y teniendo en cuenta la jerarquía normativa de la sección 10.4 a 10.6 del estándar.

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