Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Conozca los beneficios de la ley de insolvencia de personas naturales no comerciantes


Conozca los beneficios de la ley de insolvencia de personas naturales no comerciantes
Actualizado: 12 agosto, 2019 (hace 5 años)

María Mercedes García y Luis Alberto Benítez explican las bondades que ofrece la Ley 1564 de 2012 y hacen un llamado al Gobierno Nacional para que cumpla con la tarea de mayor socialización para que las personas de a pie la conozcan. A su juicio. han faltado posibilidades reales de acceso.

En Colombia, la Ley 1564 de 2012 establece que se pueden declarar en situación de insolvencia las personas naturales no comerciantes que tengan obligaciones incumplidas por al menos 90 días y con al menos dos acreedores, o contra quien cursen dos o más procesos ejecutivos o de jurisdicción coactiva. Las obligaciones en mora deben alcanzar el 50 % del total de los pasivos.

“3.784 personas se han declarado en insolvencia desde 2013 en nuestro país, cifra que equivale al 1,9 % de los 195.000 deudores que, según la Superfinanciera, cumplen las condiciones para declararse en este estado”

Cifras del Ministerio de Justicia y del Derecho indican que 3.784 personas se han declarado en insolvencia desde 2013 en nuestro país, cifra que equivale al 1,9 % de los 195.000 deudores que, según la Superfinanciera, cumplen las condiciones para declararse en este estado.

En seis años que lleva en funcionamiento la ley en Colombia se han registrado casos de insolvencia en 19 ciudades y municipios, de los 1.101 que hay en el país. Los casos se concentran en Bogotá (39 %), Cali (32,14 %), Medellín (6,42 %), Barranquilla (6,26 %), Cúcuta (6,08 %), Valledupar (3,17 %) y Villavicencio (1,85 %). Estas cifras no solo muestran que existen más deudores en estas ciudades, sino que evidencian la falta de difusión y acceso efectivo de los colombianos a este mecanismo en la mayor parte del territorio nacional.

María Mercedes García, directora de la Fundación Liborio Mejía, afirma en entrevista con Actualícese que la ley permite que los deudores hagan un análisis integral de su situación, incluyendo aspectos económicos, pero también familiares, laborales y sociales. «Con base en este análisis, el deudor presenta una propuesta de pago, que incluye el universo de sus acreencias. La propuesta responde a la capacidad del deudor, y no a las expectativas de los acreedores», explica ella.

García indica que el proceso aumenta enormemente la capacidad de negociación del deudor. Con el inicio del trámite, se suspenden los procesos ejecutivos que tenga en su contra y se cierra la posibilidad de los acreedores de iniciar nuevos procesos ejecutivos.

«Generalmente se abre la posibilidad de condonar intereses causados, se establecen nuevas tasas de interés futuras y se blinda jurídicamente el patrimonio del deudor. Durante la audiencia, los acreedores y deudores tienen la posibilidad de adelantar la negociación para llegar a un acuerdo viable para la mayoría», describe García.

Luis Alberto Benítez, director general de Insolvencia Colombia e IFI afirma en Actualícese que el beneficio más importante que ofrece la ley de insolvencia al ciudadano es que le permite renegociar las deudas con sus acreedores en las mejores condiciones que normalmente se puedan ajustar a su capacidad de pago.

El segundo beneficio, igualmente importante, es que cuando la situación ya es crítica y es necesario declararse en quiebra, esta ley le permite a la persona generar el llamado “descargue” de sus acreencias, el cual consiste en que entregue sus bienes a cambio del pago de sus deudas. «En caso de no alcanzar dichos bienes para pagar sus deudas, el saldo insoluto muta en una obligación natural que se vuelve incobrable», dice.

Falta mayor socialización de esta ley

Para Benítez ha faltado, por parte del Gobierno, una mayor socialización para que las personas de a pie conozcan sus beneficios. Para él, el Gobierno debería ampliar el conocimiento ciudadano sobre la misma, pero también debe ejercer un mayor control, porque hay operadores que no hacen buen uso de la ley.

«De ese modo, en algunas ocasiones los acreedores bancarios tampoco la ven con buenos ojos, desde el punto de vista de los beneficios que realmente tiene la ley. El Ministerio de Justicia podría, junto con la Superfinanciera, hacer jornadas de pedagogía sobre el tema, sobre todo para personas de bajos recursos», afirma Benítez.

Mismo pensamiento tiene García para quien ha faltado socialización, pero también posibilidades reales de acceso, debido a que solo 51 de los 400 centros de conciliación del país cuentan con el aval para realizar trámites de insolvencia.

Ella describe que estos centros ofrecen cobertura a menos del 3 % del territorio nacional. Al menos 11 departamentos del país no cuentan con acceso a este mecanismo de administración de la justicia, porque si bien las 877 notarías del país están autorizadas para realizar el trámite, solo el 10 % del total de los casos de insolvencia se ha adelantado ante una notaría, y únicamente en ciudades principales como Cali, Medellín y Bogotá. Adicionalmente, solo dos centros de conciliación del país prestan sus servicios de manera gratuita, por la complejidad del proceso.

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