Actualizado: 13 julio, 2021 (hace 3 años)
Aquí hablaremos sobre...
- Tratamiento fiscal de los criptoactivos en la declaración de renta
- Sanciones por omitir los criptoactivos en la declaración de renta
- Ingresos por concepto de enajenación de criptoactivos
Según el artículo 261 del ET, el patrimonio bruto está constituido por el total de los bienes y derechos apreciables en dinero poseídos al último día del año gravable.
Quienes al 31 de diciembre de 2020 posean criptoactivos deberán incluirlos dentro de su patrimonio en la declaración de renta.
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