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¿CTCP actualizará o modificará las normas de contabilidad y de información financiera?

El CTCP revisará y analizará los comentarios sobre la modificación de los marcos técnicos expedidos y estructurará las propuestas definitivas.

También, evaluará la conveniencia o no de actualizar o modificar el marco de información financiera de la NIC 1, NIIF 9, NIC 39, NIIF 17, entre otras.

Fecha de publicación: 20 de enero de 2021
¿CTCP actualizará o modificará las normas de contabilidad y de información financiera?
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El CTCP revisará y analizará los comentarios sobre la modificación de los marcos técnicos expedidos y estructurará las propuestas definitivas.

También, evaluará la conveniencia o no de actualizar o modificar el marco de información financiera de la NIC 1, NIIF 9, NIC 39, NIIF 17, entre otras.

Uno de los pilares en los que trabajará el Consejo Técnico de la Contaduría Pública –CTCP–, según su plan de trabajo para el primer semestre de 2021, es la expedición de una serie de recomendaciones para la actualización de normas de contabilidad y de información financiera.

La Ley 1314 de 2009, al establecer los criterios a los que debe sujetarse la regulación establecida en desarrollo de la ley, ordenó al CTCP y a otras autoridades desarrollar procesos de discusión pública, abiertos, transparentes y de público conocimiento.

El CTCP, junto a otras autoridades, deben cumplir estos requerimientos, participar y conocer el debido proceso, así como los planes de trabajo que siguen los emisores de Estándares Internacionales de Información Financiera y Aseguramiento.

Normas de contabilidad y de información financiera

Durante el primer semestre del año 2021, el CTCP trabajará en revisar, analizar los comentarios recibidos respecto a la modificación de los marcos técnicos expedidos y en la estructuración de las propuestas definitivas.

“establecerá los procesos requeridos por la ley, que le permitan evaluar la conveniencia o no de actualizar o modificar el marco de información financiera de las entidades del grupo 1”

También establecerá los procesos requeridos por la ley, que le permitan evaluar la conveniencia o no de actualizar o modificar el marco de información financiera de las entidades del grupo 1, especialmente en los siguientes temas:

  1. Modificaciones a la NIC 1, “Clasificación de pasivos como corrientes o no corrientes”, cambios aplicables en estados financieros que inicien a partir de enero 1 de 2023.
  2. Modificaciones a la NIIF 9, NIC 39 y NIIF 7, “Reforma de la tasa de interés de referencia”, cambios aplicables en estados financieros que inicien a partir de enero 1 de 2020.
  3. Modificaciones a la NIC 16, “Producción antes del uso previsto”, cambios aplicables en estados financieros que inicien a partir de enero 1 de 2022.
  4. Ciclo de mejoras 2018 – 2020, que modifica:
    1. La NIIF 1, subsidiaria que adopta por primera vez-
    2. La NIIF 9, honorarios en test de baja de pasivos financieros.
    3. La NIIF 16, ejemplo ilustrativo sobre incentivos en contratos de arrendamiento.
    4. La NIC 41, impuesto a las ganancias en mediciones al valor razonable, cambios aplicables en estados financieros que inicien a partir de enero 1 de 2022.
  5. Modificaciones a la NIC 37, “Contratos onerosos – Costo del cumplimiento de un contrato”, cambios aplicables en estados financieros que inicien a partir de enero 1 de 2022.
  6. Modificaciones a la NIIF 3, “Referencias al marco conceptual”, cambios aplicables en estados financieros que inicien a partir de enero 1 de 2022.
  7. Reforma de la tasa de interés de referencia – fase 2, modificaciones a la NIIF 9, NIC 39, NIIF 7, NIIF 4 y NIIF 16, cambios aplicables en estados financieros que inicien a partir de enero 1 de 2021.
  8. Políticas contables y estimaciones contables, enmiendas a la NIC 8, cambios aplicables en estados financieros que inicien a partir de enero 1 de 2023.
  9. Impuesto diferido relacionado con activos y pasivos que surgen de una misma transacción, modificación a las NIC 12. Las modificaciones reducen el alcance de la exención de reconocimiento de los párrafos 15 y 24 de la NIC 12, de modo que no se aplicaría a transacciones que dan lugar a diferencias temporarias iguales y compensatorias, cambios aplicables en estados financieros que inicien a partir de enero 1 de 2023.
  10. Iniciativa de revelación sobre políticas contables, modificación a los párrafos 117 al 122 de la NIC 1, cambios aplicables en estados financieros que inicien a partir de enero 1 de 2023.

Proyectos a analizar por GLENIF

Además de lo anterior, el CTCP trabajará en los proyectos emitidos por IASB –International Accounting Standards Board, en español Junta de Normas Internacionales de Contabilidad–, en los grupos de trabajo del GLENIF –Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera–, relacionados con:

  1. Combinaciones de negocios bajo control común.
  2. Actividades con tarifa regulada.
  3. Estados financieros principales.
  4. Contratos de venta con arrendamiento posterior.
  5. Instrumentos financieros con características de patrimonio.
  6. Método de participación.
  7. Actividades extractivas.

De igual forma, seguirá revisando y estudiando las normas de las microempresas (grupo 3) y de entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha, con el objetivo de establecer orientaciones o procesos de discusión pública, donde se incluyan posibles ajustes a estos marcos técnicos.

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