Por medio del artículo 63 de la Ley 1943 de 2018 se modificó el capítulo 12 del título XV de la Ley 599 del 2000, norma que establece el Código Penal aplicable en Colombia. De esta manera, se adiciona el artículo 434B, señalando las sanciones aplicables a la defraudación o evasión en materia tributaria.
Por medio del artículo 63 de la Ley 1943 de 2018 se modificó el capítulo 12 del título XV de la Ley 599 del 2000, norma que establece el Código Penal aplicable en Colombia. De esta manera, se adiciona el artículo 434B, señalando las sanciones aplicables a la defraudación o evasión en materia tributaria.
Uno de los elementos a los cuales los contribuyentes y los mismos profesionales contables deben prestar atención es la defraudación o abuso en materia tributaria.
Con el nuevo artículo que adicionó la Ley 1943 de 2018 al Código Penal colombiano se estableció una serie de sanciones para los contribuyentes que dolosamente:
También debe tenerse en cuenta que cuando se liquide oficialmente por parte de la Dian un mayor valor del impuesto a cargo, por un valor igual o superior a 250 smmlv e inferior a 2.500 smmlv, la sanción aplicable al contribuyente será la pena privativa de la libertad de 36 a 60 meses de prisión y una multa del 50 % del mayor valor del impuesto a cargo determinado.
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