Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Decreto 1520 de 30-04-2009


Actualizado: 30 abril, 2009 (hace 15 años)

Alcaldía de Bogotá
Decreto 1520
30-04-2009

Por el cual se modifica el Decreto 4881 del 31 de diciembre de 2008

El Ministro del Interior y de Justicia de la República de Colombia, Delegatario de funciones presidenciales, mediante Decreto 1378 del 22 de abril de 2009

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial de las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de la ley 1150 de 2007,

Decreta

Artículo 1. Modifíquese el parágrafo del artículo 19 del Decreto 4881 de 2008, el cual quedará así:

Parágrafo. Cuando se trate de personas jurídicas extranjeras, la información de las condiciones financieras estará soportada en el último balance general y el estado de resultados de la persona jurídica extranjera, que será la que se inscriba como proponente. Estas cifras deben presentarse en moneda colombiana, de conformidad con los artículos 50 y 51 del Decreto 2649 de 1993 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

Artículo 2. Vigencia y Derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación, y deroga el artículo 9 del Decreto 836 de 2009.

Publíquese y Cúmplase

Dado en Bogotá, D.C., a los 30-04-2009.

FABIO VALENCIA COSSIO

El VICEMINISTRO DE DESARROLLO EMPRESARIAL ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
RICARDO DUARTE DUARTE

EL SUBDIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN, ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL DESPACHO DEL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN
ANDRÉS ESCOBAR ARANGO

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