La ley y la jurisprudencia han determinado que un trabajador al cual le falten 3 años o menos para el reconocimiento de su pensión, no puede ser despedido.
No obstante, existen circunstancias bajo las cuales procede la terminación de la relación laboral sin que suponga un despido ilegal.
La ley y la jurisprudencia han determinado que un trabajador al cual le falten 3 años o menos para el reconocimiento de su pensión, no puede ser despedido.
No obstante, existen circunstancias bajo las cuales procede la terminación de la relación laboral sin que suponga un despido ilegal.