Nuevos recursos
ACTUALIDAD - 5 marzo, 2026
FORMATOS - 5 marzo, 2026
ACTUALIDAD - 5 marzo, 2026
ACTUALIDAD - 4 marzo, 2026
ACTUALIDAD - 4 marzo, 2026
PRODUCTO - 3 marzo, 2026
ACTUALIDAD - 3 marzo, 2026
ACTUALIDAD - 3 marzo, 2026
ACTUALIDAD - 3 marzo, 2026
FORMATOS - 3 marzo, 2026
ACTUALIDAD - 2 marzo, 2026
ACTUALIDAD - 27 febrero, 2026
Actas - 27 febrero, 2026
Actas - 27 febrero, 2026
Actas - 27 febrero, 2026
Actas - 27 febrero, 2026
Exceles AAA - 6 marzo, 2026
Curso - 5 marzo, 2026
Consultorios exclusivos - 5 marzo, 2026
Consultorios exclusivos - 3 marzo, 2026
Consultorios exclusivos - 26 febrero, 2026
Exceles AAA - 20 febrero, 2026
Capacitación - 20 febrero, 2026
Capacitación - 16 febrero, 2026
Capacitación - 10 febrero, 2026
Artículo 882 Entidades controladas del exterior sin residencia fiscal en colombia ECE <Artículo adicionado por el artículo 139 de la Ley 1819 de 2016> Para efectos de lo previsto en este Título son entidades controladas del exterior sin residencia fiscal en Colombia ECE aquellas que cumplen con la totalidad de los requisitos siguientes
1 La ECE es controlada por uno o más residentes fiscales colombianos en los términos de cualquiera de las siguientes disposiciones
a Se trata de una subordinada en los términos de los numerales i ii iv y v del literal b del numeral 1 del artículo 260 1 de este Estatuto o
b Se trata de un vinculado económico del exterior en los términos de cualquiera de los literales del Numeral 5 del artículo 260 1 de este estatuto
2 La ECE no tiene residencia fiscal en Colombia
Parágrafo 1 Las ECE comprenden vehículos de inversión tales como sociedades patrimonios autónomos trusts fondos de inversión colectiva otros negocios fiduciarios y fundaciones de interés privado constituidos en funcionamiento o domiciliados en el exterior ya sea que se trate de entidades con personalidad jurídica o sin ella o que sean transparentes para efectos fiscales o no
Parágrafo 2 Se presume que los residentes fiscales tienen control sobre las ECE que se encuentren domiciliadas constituidas o en operación en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula imposición o a entidades sometidas a un régimen tributario preferencial en los términos del artículo 260 7 del Estatuto Tributario independientemente de su participación en ellas
Parágrafo 3 Para efectos de determinar la existencia o no de control en los términos del numeral 1 del artículo 260 1 del Estatuto Tributario la tenencia de opciones de compra sobre acciones o participaciones en el capital de la ECE se asimila a la tenencia de las acciones o participaciones directamente