Para la información exógena del 2015, los reportantes deberán suministrar la información de las cuenta por cobrar a 31 de diciembre del 2015, tanto de los terceros ubicados en Colombia como en el exterior, cuyos saldos sean iguales o superiores a $1.000.000. En caso de que el saldo total de las cuentas por cobrar iguale o supere los $100.000.000, se deberán reportar cada uno de los deudores con saldos acumulados mayores o iguales a $500.000.
Para la información exógena del 2015, los reportantes deberán suministrar la información de las cuenta por cobrar a 31 de diciembre del 2015, tanto de los terceros ubicados en Colombia como en el exterior, cuyos saldos sean iguales o superiores a $1.000.000. En caso de que el saldo total de las cuentas por cobrar iguale o supere los $100.000.000, se deberán reportar cada uno de los deudores con saldos acumulados mayores o iguales a $500.000.