Para David Riascos, la modificación en los plazos del calendario tributario no genera un riesgo de evasión y elusión de los contribuyentes.
El Gobierno promoverá una reforma tributaria, para cumplir con los compromisos que surgen a diario con la pandemia y prevenir un mayor impacto en el recaudo.
Para David Riascos, la modificación en los plazos del calendario tributario no genera un riesgo de evasión y elusión de los contribuyentes.
El Gobierno promoverá una reforma tributaria, para cumplir con los compromisos que surgen a diario con la pandemia y prevenir un mayor impacto en el recaudo.
David Riascos Vargas, director de Derecho Tributario, Cambiario y Aduanero en MRG Legal, afirma que, para evitar un mayor impacto a la regla fiscal, la Dian debe fortalecer los programas de fiscalización y prevenir la evasión de algunos obligados.
Algunas de las medidas tributarias que ha tomado el Gobierno, como la modificación al calendario tributario, la suspensión de términos procesales e inclusive la exención de IVA para algunos productos e insumos médicos, son apenas necesarias, y más que tener un propósito estrictamente tributario, tienen el fin de proteger la salud pública.
Al respecto, por la realidad económica de muchos empresarios, no hay que perder de vista que el carácter operativo en el cumplimiento tributario, como es la preparación de la declaración de renta en los plazos habituales, no es el tema que genera impacto en las decisiones y mantenimiento de los negocios, sino el pago del impuesto a cargo, cuando hay lugar a ello.
Actualmente existen muchas empresas que a pesar del cambio en los plazos se encuentran preparando su declaración de renta desde ya, y en varios de esos casos esto sucede con el fin de poder obtener la devolución de saldos a favor.
Quizá, el Gobierno nacional debió procurar que se flexibilicen los pagos del impuesto a cargo, según aplique, a lo largo del año.
Sin embargo, debemos reconocer otras medidas como es la simplificación de trámites aduaneros y el proceso abreviado de devolución del impuesto sobre la renta e IVA.
Finalmente, a pesar de que no es una medida tributaria, la decisión del Gobierno de suspender el aporte a pensiones por tres meses no tiene incidencia efectiva en todos los contribuyentes. Por ejemplo, en contribuyentes del régimen simple de tributación, estas expensas son descontables del impuesto a cargo y, por ende, de los anticipos del impuesto que iniciarán a partir del mes de mayo. Esto implica que la medida no tendrá un efecto económico directo en el caso de estos contribuyentes que el Gobierno ha procurado formalizar.
La modificación en los plazos del calendario tributario no genera un riesgo de evasión y elusión de los contribuyentes. De cierto modo, y como lo afirmó el director de la Dian, la medida tiene el objetivo de que el cumplimiento pueda realizarse adecuadamente con toda la información y herramientas necesarias, a las cuales los profesionales de impuestos no pueden acceder hoy por la cuarentena nacional.
De todas maneras, la entidad cuenta con herramientas e información que le permitirá realizar su gestión de fiscalización y verificación de cumplimiento de los contribuyentes.
A pesar de las dificultades que la pandemia genera para la labor de fiscalización, cualquier política o estrategia tributaria que establezca el Gobierno nacional tendrá incidencia en el recaudo, temporal o permanentemente, lo que implica que, para evitar un mayor impacto a la regla fiscal, la Dian debe fortalecer los programas de fiscalización y prevenir la evasión de algunos obligados.
No. Los programas de fiscalización de la Dian deben ser generales y deben fortalecerse, conforme a las políticas y modernización en la obtención de información de la entidad. Esta es una apuesta que la administración viene realizando desde hace algunos años, especialmente con la implementación del sistema de facturación electrónica.
Por ello mismo, más que replantear la fiscalización, la Dian debe crear estrategias para asistir y capacitar a los contribuyentes de forma que el cumplimiento, especialmente en relación a las obligaciones de información, sea adecuado.
El recaudo tributario de la Dian siempre va a estar atado a las transacciones e ingresos generados en el desarrollo económico del país, por lo que el impacto económico que trae la pandemia también afecta el recaudo de impuestos.
A pesar de que el plan de modernización ha sido evidente y se ha planteado estratégicamente, lo más importante que puede hacer la Dian es maximizar, como lo ha dicho su director, la cercanía y asistencia de la administración de impuestos con los contribuyentes, de forma tal que pueda existir un adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias.
Por supuesto, la modernización también tiene incidencia en los programas de fiscalización de los evasores, pero por la actual coyuntura y el procedimiento administrativo que debe surtirse para garantizar el derecho fundamental del debido proceso, esta gestión podría no tener un efecto relevante en el recaudo de impuestos en lo que queda del año.
Al final, es altamente probable que el Gobierno, para cumplir con los compromisos que surgen en el día a día con la pandemia y prevenir que haya impacto en el recaudo, deba promover una nueva reforma tributaria.