En esta lista de chequeo detallamos la información que debe revelar una entidad del grupo 2 acerca de los contratos de arrendamiento financieros y operativos que haya celebrado como arrendatario y arrendador.
Te invitamos a descargar este formato y revisar los lineamientos que le aplican a tu entidad.
En esta lista de chequeo detallamos la información que debe revelar una entidad del grupo 2 acerca de los contratos de arrendamiento financieros y operativos que haya celebrado como arrendatario y arrendador.
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Los contratos de arrendamiento de las entidades del grupo 2 se deben contabilizar siguiendo los lineamientos de la sección 20 del Estándar para Pymes.
Dicha sección divide los contratos de arrendamiento entre operativos y financieros, según la transferencia de riesgos y ventajas que se pacten en el contrato, y establece requerimiento para el reconocimiento, medición y revelación por parte de los arrendadores y arrendatarios para cada tipo de contrato.
Así pues, en los arrendamientos operativos no se transfieren los riesgos y ventajas del activo al arrendatario, mientras que en los arrendamientos financieros sí se realiza esta transferencia.
En el siguiente video la contadora pública Liliana Delgado, conferencista de Actualícese, explica la distinción entre contratos de arrendamiento financieros y operativos:
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En esta ocasión detallamos la información mínima que debe revelar una entidad del grupo 2 en sus estados financieros acerca de los contratos de arrendamiento financieros y operativos que ha celebrado como arrendatario y arrendador.
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