Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Luz verde para la Comisión de Estudio de Beneficios Tributarios: ¿en qué consiste?


Luz verde para la Comisión de Estudio de Beneficios Tributarios: ¿en qué consiste?
Actualizado: 8 mayo, 2020 (hace 4 años)

El Gobierno nacional instaló formalmente el funcionamiento de la Comisión de Estudio de Beneficios Tributarios.

La comisión evaluará la conveniencia y propondrá una reforma orientada a mantener los beneficios tributarios que sean eficientes.

El Ministerio de Hacienda, a través de la Resolución 1046 del 27 de abril de 2020, determinó el funcionamiento de la Comisión de Estudio de Beneficios Tributarios que indica el artículo 137 de la Ley 2010 de 2019.

Cabe recordar que con la Ley 1943 de 2018 se creó la Comisión de Estudio del Sistema Tributario Territorial, la cual tenía como objetivo el estudio del régimen aplicable a los impuestos, tasas y contribuciones de carácter departamental, distrital y municipal, para así proponer una reforma que permita hacer más eficiente al sistema tributario territorial, a la vez que busca reactivar la economía de las regiones, combatiendo la elusión y evasión fiscal.

De igual forma, esta ley creó una comisión de auditoría, la cual se encargaría de hacer una evaluación de todos los beneficios tributarios, exenciones tributarias, deducciones, otras deducciones de renta y cada una de las personas jurídicas del régimen de zonas francas, para determinar su continuación, modificación y/o eliminación. Sin embargo, mediante la Ley 1955 de 2019 (Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022) se derogó dicha comisión.

Ley 2010 de 2019 ratificó la comisión

Pese a que la Sentencia C-481 de 2019 declaró inexequible la Ley de financiamiento 1943 de 2018, la Ley 2010 de 2019 o de crecimiento económico, en su artículo 137, revivió la comisión de expertos para estudiar los beneficios tributarios vigentes en el sistema tributario nacional.

El objetivo de la medida es evaluar su conveniencia y proponer una reforma orientada a mantener los beneficios tributarios que sean eficientes, permitan la reactivación de la economía, fomenten el empleo, el emprendimiento y la formalización laboral, empresarial y tributaria, y que se fundamenten en los principios que rigen el sistema tributario nacional.

“a través de la Resolución 1046 de abril 27 de 2020, el Ministerio de Hacienda estableció el reglamento para el funcionamiento de la Comisión de Estudios de Beneficios Tributarios”

Así, a través de la Resolución 1046 de abril 27 de 2020, el Ministerio de Hacienda estableció el reglamento para el funcionamiento de la Comisión de Estudios de Beneficios Tributarios, con el fin de garantizar el funcionamiento de la misma. Tal comisión estará integrada por cuatro funcionarios públicos y cinco expertos en la materia, y será presidida por el viceministro técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el director general de la Dian.

TAMBIÉN LEE:   Descuento por donaciones a entidades calificadas en el régimen de tributación especial 

Funciones de la Comisión de Estudio de Beneficios Tributarios

  • Establecer un plan de trabajo con fechas, y temas a discutir, y seguimiento de compromisos.
  • La convocatoria y logística de las sesiones.
  • El envío de información a los miembros previamente a la realización de cada sesión.
  • Presentar para cada sesión de trabajo los documentos, datos y antecedentes que respaldan los temas a ser discutidos.
  • Preparar estudios técnicos y hacer presentaciones y otros aportes sobre temas específicos requeridos por la comisión.
  • Guiar las sesiones según el plan de trabajo establecido y asegurarse de que cada una cumpla con los temas y requisitos de la comisión.
  • La relatoría y elaboración de actas de las respectivas sesiones.
  • Establecer un canal de comunicación con los miembros de la comisión.
  • La gestión documental y su custodia.
  • Elaborar, editar y publicar el documento final con recomendaciones.
  • Las demás que se establezcan en el reglamento operativo para el funcionamiento de la Comisión de Estudio de Beneficios Tributarios.
  • Elaborar un plan para facilitar la identificación, gestión, clasificación, organización, conservación y disposición de la información que se produzca por la Comisión de Estudio de Beneficios Tributarios, desde su creación hasta su clausura y aseguramiento de la misma.

Material relacionado

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,