¿Un empleador puede abstenerse de pagar una liquidación final manifestando que el extrabajador está implicado en un hurto, a pesar de ser falso y existir pruebas de ello? ¿Qué pasaría con la liquidación?
Responde conferencista: Natalia Jaimes Lúquez
¿Un empleador puede abstenerse de pagar una liquidación final manifestando que el extrabajador está implicado en un hurto, a pesar de ser falso y existir pruebas de ello? ¿Qué pasaría con la liquidación?
La liquidación laboral es cancelada al trabajador cuando se presenta, por ejemplo, extinción del contrato de trabajo con ocasión de un mutuo acuerdo, o por el vencimiento de términos.
Recordemos que este pago procede cuando se firma un contrato laboral, el cual es regulado por el Código Sustantivo del Trabajo; pues si se trata de la firma de un contrato por prestación de servicios la obligación desaparece por ser de carácter civil.
Aclarado lo anterior, Natalia Jaimes Lúquez, especialista en derecho laboral, se centra en responder si la empresa puede, con el ánimo de salvaguardar su patrimonio, retener el pago de la liquidación laboral del trabajador que se encuentra acusado de hurto en la empresa.