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Persona natural responsable del IVA y la utilización de los servicios prestados desde el exterior

De acuerdo con el artículo 437-2 del ET y la Resolución 000051 de 2018, si una persona natural es responsable del IVA y utiliza servicios prestados desde el exterior, los prestadores de los mismos no le facturarán este impuesto, pero la persona natural deberá practicar la retención del IVA de forma asumida.

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Fecha de publicación: 3 de septiembre de 2019
Persona natural responsable del IVA y la utilización de los servicios prestados desde el exterior
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

De acuerdo con el artículo 437-2 del ET y la Resolución 000051 de 2018, si una persona natural es responsable del IVA y utiliza servicios prestados desde el exterior, los prestadores de los mismos no le facturarán este impuesto, pero la persona natural deberá practicar la retención del IVA de forma asumida.

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