Las personas naturales comerciantes deberán medir su patrimonio bruto fiscal a diciembre 31 de 2020 y sus ingresos brutos fiscales de 2020.
Si alguno de tales conceptos supera el tope de 30.000 UVT, deberán actuar durante 2021 como agentes de retención a título de renta en ciertos pagos.
Las personas naturales comerciantes deberán medir su patrimonio bruto fiscal a diciembre 31 de 2020 y sus ingresos brutos fiscales de 2020.
Si alguno de tales conceptos supera el tope de 30.000 UVT, deberán actuar durante 2021 como agentes de retención a título de renta en ciertos pagos.