Actualícese.com

[Poder] Poder de sustitución

El artículo 75 del Código General del Proceso permite la sustitución de poderes, ya sean generales o especiales, siempre y cuando no exista una causa o cláusula que lo prohíba. El presente, es un formato con el cual se puede guiar para llevar a cabo una sustitución de poder.

Fecha de publicación: 16 de julio de 2018
[Poder] Poder de sustitución
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

El artículo 75 del Código General del Proceso permite la sustitución de poderes, ya sean generales o especiales, siempre y cuando no exista una causa o cláusula que lo prohíba. El presente, es un formato con el cual se puede guiar para llevar a cabo una sustitución de poder.

Material relacionado: