Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Políticas contables y planeación tributaria, ¿cuál es su relación?


Políticas contables y planeación tributaria, ¿cuál es su relación?
Actualizado: 10 septiembre, 2020 (hace 4 años)

Las políticas contables son las reglas que adopta una entidad para contabilizar sus transacciones económicas.

Si bien dichas políticas deben acatar los requerimientos de las normas contables, no se puede negar que tienen efectos sobre la planeación tributaria de cualquier entidad.

En este editorial estudiamos la relación que existe entre las políticas contables y las normas fiscales.

Independencia de las normas contables frente a las fiscales

En primer lugar, es necesario mencionar que el artículo 4 de la Ley 1314 de 2009 establece que en Colombia existe plena independencia y autonomía de las normas contables frente a las normas fiscales.

En el citado artículo se puede leer lo siguiente:

Artículo 4. Independencia y autonomía de las normas tributarias frente a las de contabilidad y de información financiera. Las normas expedidas en desarrollo de esta ley únicamente tendrán efecto impositivo cuando las leyes tributarias remitan expresamente a ellas o cuando éstas no regulen la materia.

A su vez, las disposiciones tributarias únicamente producen efectos fiscales. Las declaraciones tributarias y sus soportes deberán ser preparados según lo determina la legislación fiscal.

Únicamente para fines fiscales, cuando se presente incompatibilidad entre las normas contables y de información financiera y las de carácter tributario, prevalecerán estas últimas.

En su contabilidad y en sus estados financieros, los entes económicos harán los reconocimientos, las revelaciones y conciliaciones previstas en las normas de contabilidad y de información financiera”.

(Los subrayados son nuestros).

Como se puede observar, la norma es clara al establecer que cada entidad debe contabilizar su transacciones y hechos económicos de conformidad con el marco técnico normativo que le corresponda según el grupo de convergencia en el que se encuentre clasificada.

“no es correcto supeditar las reglas de contabilización de una entidad a las disposiciones tributarias”

Por lo tanto, en principio no es correcto supeditar las reglas de contabilización de una entidad a las disposiciones tributarias, situación que se observa que ocurre en muchas empresas.

Impacto de las políticas contables sobre la planeación tributaria de una entidad

Con lo explicado hasta aquí no se debe entender que en el momento de elaborar las políticas contables de una entidad no se deben examinar los efectos tributarios que producen las normas contables.

Al contrario, siempre se deben examinar dichos efectos con el objetivo de que la entidad seleccione la política contable que fiscalmente sea la más conveniente, en los casos en los que los Estándares permiten elegir entre dos o más alternativas.

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No obstante, esto se debe hacer cuidando de no contrariar u omitir un requerimiento de las normas contables.

En síntesis, en la elaboración de las políticas contables se debe aplicar el juicio profesional para definir aquellas políticas que sean más convenientes para la entidad desde el punto de vista fiscal y financiero.

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