Se acerca la fecha para el pago de la primera mitad de la prima de servicios. A continuación, mediante un caso práctico te indicamos la forma precisa como debes realizar la liquidación de esta prestación social cuando el trabajador devenga el salario mínimo y, además, el pago por horas extra.
Se acerca la fecha para el pago de la primera mitad de la prima de servicios.
A continuación, mediante un caso práctico te indicamos la forma precisa como debes realizar la liquidación de esta prestación social cuando el trabajador devenga el salario mínimo y, además, el pago por horas extra.
La prima de servicios es una prestación social que debe ser reconocida a los trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo. El pago de esta prestación debe ser reconocido en dos (2) partes, la primera hasta más tardar el 30 de junio y la segunda a más tardar el 20 de diciembre de cada año.
En el siguiente video, Alexander Coral, abogado consultor en derecho laboral, explica cómo debe liquidarse la prima de servicios cuando el trabajador ha devengado el pago de horas extra:
Antes de proceder con el ejercicio de liquidación conviene mencionar que, según lo establece el artículo 127 del Código Sustantivo del Trabajo –CST–, el pago que percibe el trabajador por concepto de horas extra o trabajo suplementario constituye salario, dado esto, debe incluirse como base salarial para la liquidación de la prima de servicios.
Supongamos que una trabajadora devenga el smmlv, el cual para 2021 equivale a $908.526. Esta trabajadora laboró un total de diez (10) horas extra diurnas mensuales en marzo, abril y mayo.
Para liquidar esta prestación debemos determinar primero el valor de una hora extra diurna de la siguiente manera:
$908.526 / 30 = $30.284 / 8 = $3.786 x 25 % = $947
$947 (recargo) + $3.786 (hora habitual) = $4.732
Entonces, el valor de una hora extra diurna de esta trabajadora equivale a $4.733. A continuación, multiplicamos este valor por las diez (10) horas extra laboradas:
$4.733 x 10 = $47.319
Así obtenemos que esta trabajadora devengó durante dichos meses el pago de $47.319 por concepto de horas extra.
Ahora, como fue mencionado, la prima debe ser reconocida semestralmente y liquidarse con el salario o los elementos que la constituyan. En nuestro caso en concreto esta trabajadora devengó los siguientes montos por mes:
Como vemos, se produjo una variación de salario debido al pago de las horas extra; por lo tanto, en estos casos debe determinarse la base salarial para liquidar la prima de manera promediada, para lo cual deben sumarse los valores percibidos cada mes y dividirse entre 6:
$5.593.131/6 = $932.186
Por tanto, la base salarial para liquidar la prima de servicios de esta trabajadora es de $932.189 más el auxilio de transporte o el auxilio de conectividad digital ($106.454 para 2021) que, según lo establece el artículo 7 de la Ley 1 de 1963, debe incluirse en la liquidación de las prestaciones sociales (prima y cesantías) para aquellos trabajadores que devenguen hasta dos (2) smmlv.
Atendiendo a lo anterior, procederemos a liquidar la prima de servicios de esta trabajadora:
$932.186 + $106.454 x 180 días/360 = $519.320
Así, le corresponde a esta trabajadora, por concepto de la prima de servicios de junio de 2021, la suma de $519.320
Consulta nuestros 12 liquidadores para calcular la prima de servicios semestral con los que podrá liquidar la prima de servicios en casos particulares.