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Auxilio de transporte
en Colombia

El aumento del auxilio de transporte en Colombia se lleva a cabo anualmente y se discute en la Comisión de Concertación junto con el salario mínimo.

Descubre todos los detalles sobre el auxilio de transporte, incluyendo la variación histórica de este auxilio desde 1990 hasta la actualidad.

El incremento del auxilio de transporte, al igual que el salario mínimo, debe efectuarse cada año. Le corresponde al Gobierno nacional, a través de la Comisión de Concertación, fijar el porcentaje de incremento con base en análisis de indicadores económicos clave como el IPC, el PIB, entre otros.

Aunque dicho aumento suele coincidir con el ajuste salarial, el auxilio de transporte no está necesariamente sujeto al mismo porcentaje de incremento que el salario mínimo.

El Gobierno nacional, mediante el Decreto 1470 de 2025, fijó en $ 249.095 el auxilio de transporte, vigente a partir del 1 de enero de 2026.

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Consulta este formato con todos los valores históricos del salario mínimo y el auxilio de transporte en Colombia 1990-2025. ¡Descarga aquí!


El auxilio de transporte tiene como finalidad compensar una parte de los gastos en que incurre el trabajador por el desplazamiento desde su residencia o domicilio hasta el lugar de prestación del servicio.

auxilio de transporte

Todos los trabajadores dependientes y subordinados cuyo salario ordinario pactado en el contrato de trabajo no exceda dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes –smmlv–, equivalente a ($3.501.810 para el 2026) tienen derecho al auxilio de transporte (Ley 15 de 1959).

Por ejemplo, si el trabajador tiene un salario equivalente a 2 smmlv, pero durante el mes labora horas extra y lo devengado supera este valor, el trabajador seguirá teniendo el derecho al auxilio de transporte. 

Lo anterior se debe a que la norma establece que este derecho se origina a partir del monto del salario ordinario pactado en el contrato de trabajo, mediante el cual se remunera la jornada ordinaria, sin considerar el trabajo suplementario.


Este auxilio debe ser pagado por el empleador. Dado que la obligación busca compensar parte de los gastos de transporte del trabajador, el empleador queda eximido de otorgarlo en los siguientes eventos:

  • Cuando el salario del trabajador es superior a dos (2) smmlv.
  • Cuando el empleador suministra el transporte.
  • Cuando el trabajador vive en el sitio de trabajo.
  • Cuando el trabajador reside tan cerca de la empresa que no necesita utilizar ni pagar por un servicio de transporte.

Asimismo, cuando el trabajador se encuentra en período de incapacidad médica, durante los períodos de licencias laborales o cuando el contrato de trabajo se encuentra suspendido, no se debe realizar el pago del auxilio de transporte.

En caso de que el trabajador falte uno o más días al trabajo, el empleador podrá descontar la proporción correspondiente a esos días y reconocerle un pago proporcional del auxilio de transporte según los días efectivamente trabajados.

La abogada Angie Vargas expone cómo procede el pago del auxilio de transporte para los trabajadores contratados por días:

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Profundiza este tema con nuestro contenido destacado: ¿Cuándo no se paga el auxilio de transporte en Colombia?


Por regla general, todos los trabajadores a tiempo parcial tienen derecho al auxilio de transporte, ya que suelen devengar un ingreso mensual inferior a un (1) smmlv.

El auxilio de transporte no se reconoce por horas sino por días. Independientemente de si el trabajador a tiempo parcial labora el día completo, medio día o solo algunas horas, el empleador debe reconocer el auxilio de transporte por el día completo, dado que el propósito de dicho auxilio es cubrir una parte del costo de los desplazamientos desde el lugar de residencia hasta el sitio de trabajo y viceversa.

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Accede a nuestra Ruta de Actualización: ABC de los trabajadores a tiempo parcial


Los trabajadores que desempeñan sus funciones mediante teletrabajo, trabajo remoto y trabajo a domicilio no tienen el derecho legal al pago del auxilio de transporte, ya que en estas modalidades no incurren en costos de desplazamiento al lugar de trabajo.

No obstante, es importante aclarar que para los trabajadores del sector privado que desempeñen sus labores bajo la modalidad de trabajo en casa, el valor del auxilio de transporte se reconocerá como auxilio de conectividad digital bajo las mismas condiciones y tendrá los mismos efectos salariales.

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Amplía esta información con nuestro análisis: Teletrabajo, trabajo en casa, trabajo remoto: ¿cuáles son sus diferencias?

auxilio de transporte

La Ley de reforma laboral 2466 de 2025, en el artículo 21, introdujo modificaciones significativas al contrato de aprendices del Sena, convirtiéndolo en una modalidad especial de contrato laboral, utilizado para facilitar la formación técnica y tecnológica de estudiantes jóvenes y adultos en diferentes áreas de especialización, a través de la práctica en ambientes reales de trabajo.

Dependiendo de la etapa en la que se encuentren los aprendices se les reconocerán los siguientes derechos:

Etapa

Reconocimientos

Etapa lectiva

Apoyo de sostenimiento: $1.313.179

Cotización al Sistema de Seguridad Social en Salud.

Riesgos laborales.

 

 

Etapa práctica y dual

Apoyo de sostenimiento: $1.750.905

Auxilio de transporte: $249.095

Dotación.

Prima de servicios.

Cesantías e intereses.

Vacaciones.

Subsidio familiar.

Seguridad social integral: salud, pensión y riesgos laborales.


El auxilio de transporte no se tiene en cuenta para el cálculo de las vacaciones, ni para el pago de parafiscales o seguridad social. Por otro lado, sí debe incluirse en la liquidación de la prima de servicios y el auxilio de cesantías, es decir, forma parte de la base de las prestaciones sociales. Sin embargo, es importante destacar que el auxilio de transporte no constituye salario.

Alexander Coral, conferencista y consultor experto en temas laborales, detalla si el auxilio de transporte se suma al momento de liquidar la prima de servicios:


La irrenunciabilidad en materia laboral se refiere a la imposibilidad de que los trabajadores renuncien a sus derechos laborales, ya sea por exigencia del empleador debido a la necesidad del trabajador de conseguir el empleo o incluso de manera voluntaria.

En este contexto, un trabajador no puede renunciar al auxilio de transporte, dado que es un derecho que se encuentra dentro del ámbito laboral y cuenta con consagración legal. Por lo tanto, incluso si el trabajador acepta voluntariamente renunciar a este auxilio a través del contrato de trabajo, dicha cláusula será ineficaz y el trabajador podrá reclamar ante el juez laboral el pago de esa acreencia.

Valor de SMMLV del año en curso $ 1.750.905
Pagos que constituyen salario
Pagos que no constituyen salario del contrato de trabajo
Total pagos correspondientes a horas extras, dominicales y festivos por parte del empleador
Otros valores a deducir
Dotación asumida por el empleador en el año
Valor mensualizado del contrato
Caja de compensación familiar
Aportes Seguridad Social
Riesgos Laborales
Retención en la fuente

Procesando ...


Año

Auxilio de transporte

Variación porcentual anual

2026

$259.095

24,54 %

2025

$200.000

23,457 %

2024

$162.000

15,22 %

2023

$140.606

20,00 %

2022

$117.172

10,07 %

2021

$106.454

3,50 %

2020

$102.854

6,00 %

2019

$97.032

10,00 %

2018

$88.211

6,10 %

2017

$83.140

7,00 %

2016

$77.700

5,00 %

2015

$74.000

2,78 %

2014

$72.000

2,13 %

2013

$70.500

3,98 %

2012

$67.800

6,60 %

2011

$63.600

3,41 %

2010

$61.500

3,71 %

2009

$59.300

7,82 %

2008

$55.000

8,27 %

2007

$50.800

6,50 %

2006

$47.700

7,19 %

2005

$44.500

6,97 %

2004

$41.600

10,93 %

2003

$37.500

10,29 %

2002

$34.000

13,33 %

2001

$30.000

13,58 %

2000

$26.413

10,00 %

1999

$24.012

16,00 %

1998

$20.700

20,00 %

1997

$17.250

27,15 %

1996

$13.567

25,45 %

1995

$10.815

20,50 %

1994

$8.975

19,00 %

1993

$7.542

25,01 %

1992

$6.033

26,03 %

1991

$4.787

26,06 %

1990

$3.798

24,00 %

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