El 30 de septiembre de 2018 se cumplirá el plazo para que las sociedades y entidades sin ánimo de lucro con activos superiores a 20.225 millones de pesos registren sus bases de datos ante la SIC. A través del Decreto 0090 de 2018 el Ministerio de Comercio redujo el universo de sujetos obligados a efectuar el RNBD.
* Actualizado al 23 de agosto de 2018
El 30 de septiembre de 2018 se cumplirá el plazo para que las sociedades y entidades sin ánimo de lucro con activos superiores a 20.225 millones de pesos registren sus bases de datos ante la SIC. A través del Decreto 0090 de 2018 el Ministerio de Comercio redujo el universo de sujetos obligados a efectuar el RNBD.
El 18 de enero de 2018 el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidió su Decreto 0090 por medio del cual se modificaron los artículos 2.2.2.26.1.2 y 2.2.2.26.3.1 de su DUR 1074 de mayo de 2015, reduciendo de esa forma el universo de las personas jurídicas que quedan obligadas a cumplir con el registro nacional de base de datos –RNBD– en la página de la Superintendencia de Industria y Comercio –SIC–, tarea que se había estado efectuando desde noviembre 3 de 2015 y para la cual se habían ampliado los plazos en múltiples ocasiones.