CAPÍTULO 1. INTRODUCCIÓN
En octubre 31 de 2023 la Dian expidió su Resolución 000162, la cual se convirtió en una norma perpetua que solicita la información exógena tributaria de los años gravables 2024 y siguientes. Posteriormente, mediante la Resolución 000188 de octubre 30 de 2024, se modificaron 10 artículos de la Resolución 000162 de octubre de 2023, introduciendo de esa forma 6 ajustes que sí afectan a los reportes del año gravable 2024 y otros 18 ajustes que solo aplicarán para el reporte de los años gravables 2025 y siguientes.
En el texto de la Resolución 000162 de octubre de 2023 se dispuso que toda la información solicitada por el año gravable 2024 (incluida la de los ejecutores de convenios de cooperación internacional que se entrega en el tradicional formato 1159; ver artículo 58 de la Ley 863 de 2003, el artículo 1.6.1.28.1 del DUT 1625 de 2016 y el artículo 2 de la misma Resolución 000162 de octubre de 2023) solo se entregará a comienzos del año 2025. Al respecto, consideramos que en realidad las normas superiores que regulan el reporte de los ejecutores de convenios de cooperación internacional establecen claramente que el mismo se debía realizar mensualmente a lo largo del mismo año fiscal 2024 (y así lo había venido solicitando la Dian hasta los reportes de año gravable 2020; ver artículo 2 y 42 de la Resolución 000070 de octubre de 2019).
Por tanto, no entendemos cómo pudo la Dian ir otra vez en contra de dichas disposiciones superiores. Además, el parágrafo 2 del artículo 1 de la Resolución 000162 de 2023 (al igual que lo que sucedió con la información de los años gravables 2019 a 2022) volvió a indicar que aquellas personas naturales o jurídicas que se liquidaron durante el 2024, y que, por tanto, fueron cancelando su RUT, quedaban exoneradas de entregar información por la fracción de año gravable 2024 en la que alcanzaron a efectuar operaciones, lo cual volvió a dejar a la Dian sin el suministro de una valiosa información que antes sí se solicitaba (ver, por ejemplo, el parágrafo 2 del artículo 1 de la Resolución 000060 de octubre de 2017, norma que sí solicitó información por la fracción de año gravable 2018 a quienes se liquidaron entre julio y diciembre de 2018).
En todo caso, y de acuerdo con lo dispuesto en el mismo parágrafo 2 del artículo 1 de la Resolución 000162 de octubre de 2023, si quien se liquidó durante el año 2024 fue, por ejemplo, un consorcio o unión temporal que alcanzó a cancelar su RUT durante 2024, en tal caso los miembros de ese consorcio o unión temporal sí tendrán que reportar la información del año 2024 que les corresponde por su participación en el consorcio o unión temporal y que no será reportada por dicho consorcio o unión temporal.
El análisis inicial que se hizo en Actualícese al texto de la Resolución 000162 de octubre de 2023, y a las modificaciones que aplicaron posteriormente con la Resolución 000188 de octubre de 2024, se publicaron en los siguientes editoriales de noviembre de 2023 y noviembre de 2024:
Así mismo, la Dian publicó las nuevas versiones de sus respectivos prevalidadores tributarios (7 en total) con los cuales se podrán elaborar y/o validar los 56 diferentes formatos que en total se mencionan dentro de la Resolución 000162 de octubre de 2023 y de los cuales 15 presentan novedades en relación con los que se usaron para los reportes del año gravable 2023 (ya sea porque les cambiaron sus versiones, o porque les cambiaron los listados de conceptos que se deben usar para diligenciar algunas de sus columnas).
Resumen de las categorías de informantes de exógena por el año gravable 2024 y los formatos que deben usar
En esta herramienta de Excel se ilustra, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 000162 de octubre de 2023, cuáles son las personas naturales y jurídicas que deberán entregar a la Dian, principalmente entre el 14 de mayo y el 13 de junio de 2025, la información exógena tributaria del año gravable 2024. También se destacan las novedades que se detectan dentro de los 56 diferentes formatos mencionados en la resolución.
Por tanto, te presentamos un listado desplegable en el cual se resumen quiénes serán los reportantes del año gravable 2024 y los formatos que tendrán que elaborar. Al mismo tiempo, se harán comparaciones contra lo que fueron los reportes del año gravable 2023 (ver la Resolución 001255 de octubre de 2022) para detectar cuáles son las novedades más importantes que se generarían para los reportes del año gravable 2024.
Recuerda que las principales novedades a considerar para la elaboración y presentación de la información exógena a la Dian correspondiente al año gravable 2024 se analizan en la obra educativa virtual desarrollada por el Dr. Diego Guevara, líder de investigación tributaria de Actualícese. Este recurso, que podrás adquirir en preventa, estará disponible a partir del 4 de abril de 2025. Dicho producto te incluirá el acceso a ocho horas de videoconferencias organizadas por capítulos, un libro virtual con cerca de 160 páginas y múltiples archivos de Excel descargables y editables.
El diseño, los datos o comentarios bajo los cuales se elaboró este formato se entregan a título de guía y hacen parte de la interpretación del autor. Será el usuario quien deba estudiar las normas requeridas, preparar y emitir la información a la que haya lugar. Actualícese no se hace responsable de las interpretaciones, operaciones o información derivadas del uso de esta herramienta. |