Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Sabe si la copropiedad donde habita cumple con las medidas de bioseguridad en medio del COVID-19?


¿Sabe si la copropiedad donde habita cumple con las medidas de bioseguridad en medio del COVID-19?
Actualizado: 22 mayo, 2020 (hace 4 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Para administradores y consejos de administración
  • Importancia del SG-SST en la propiedad horizontal
  • La mayoría de propiedades horizontales incumplen medidas de bioseguridad

La mayoría de propiedades horizontales en el país no cumplen las medidas de bioseguridad con sus empleados.

El Decreto 1072 de 2015 estipula que todas las empresas, incluidas las propiedades horizontales, deben tener un SG-SST; un plan de ruta para manejar situaciones de riesgo, como lo es una pandemia.

La convivencia al interior de un conjunto residencial puede llegar a ser complejo, más en medio de lo que está ocurriendo por el COVID-19. Con el pasar de los días se han detectado casos de propietarios que han maltratado al personal de seguridad, personas ajenas a un edificio que entran sin restricción y rumbas clandestinas, por enumerar algunos ejemplos.

El Ministerio de Salud, cuando inició la cuarentena, expidió una serie de recomendaciones enfocadas a la propiedad horizontal, a las que se unió el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal –Idpac–.

Es adecuado tener en cuenta las recomendaciones de autocuidado y de autocuidado colectivo con los copropietarios y administradores de propiedades horizontales; la Doctora Martha Helena Ramírez, estuvo en diálogo con Actualícese sobre este tema, escúchela a continuación:

Para administradores y consejos de administración

  • La administración y el consejo de administración del edificio o del conjunto residencial deben reunirse con la empresa de seguridad y personal de servicios generales para informar detalles al máximo de lo que es el COVID-19, y por qué se deben tomar todas las medidas necesarias para prevenirlo.
  • Aumentar la frecuencia de limpieza y desinfección de ascensores, pisos, pasamanos de escaleras, botones de control, manijas, cerraduras de puertas, timbres y demás elementos con los que los habitantes puedan tener algún tipo de contacto.
  • En las carteleras, ubicadas en la entrada de la unidad o conjuntos, así como en las que están en cada piso, se debe informar sobre las medidas de prevención y mitigación del COVID-19.
  • Evitar reuniones o eventos sociales, lo que se traduce en restringir uso de salones sociales y comunales.
  • En lo posible, los niños de edades tempranas deben estar dentro de la vivienda, y en caso de uso de las áreas comunes garantizar la disponibilidad de gel antibacterial.
  • Se debe restringir el ingreso de domicilios, por lo que un miembro de la familia debe recibirlos en la portería.
  • Los vigilantes, así como el personal de servicios generales y proveedores de la propiedad horizontal, deben usar elementos de protección personal como tapabocas o máscaras.
  • Restringir las labores de mantenimiento al interior de las viviendas con personal externo.
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Importancia del SG-SST en la propiedad horizontal

León Hernández, ingeniero en seguridad y salud en el trabajo y experto en propiedad horizontal, resalta en El Tiempo la importancia del Decreto 1072 de 2015, donde se estipula que todas las empresas, incluidas las propiedades horizontales, deben tener un sistema de gestión en seguridad y salud en el trabajo –SG-SST–; un plan de ruta para manejar situaciones de riesgo, como lo es una pandemia.

«El problema radica en que solo el 30 % de las propiedades horizontales tienen SG-SST, por lo que no tienen claro el manejo que hay que darle a la situación y toman decisiones que pasan por encima de los copropietarios y de los trabajadores”, indica.

La mayoría de propiedades horizontales incumplen medidas de bioseguridad

“mayoría de propiedades horizontales incumplen las medidas de bioseguridad con sus empleados”

Hernández explica que la mayoría de propiedades horizontales incumplen las medidas de bioseguridad con sus empleados. Ninguna persona encargada del aseo, por ejemplo, debe encargarse de la desinfección, ya que para esto se debe contratar personal especializado, lo que no hace la mayoría.

Por último, cabe recordar que deben cumplirse determinaciones como el uso obligatorio de tapabocas fuera de la vivienda o los tiempos que se deben manejar para sacar a la mascota.

Además, permitir o no la entrada de domiciliarios o visitantes es una decisión que debe tomarse en conjunto con todos los copropietarios, ya que no se puede poner en riesgo la salud de residentes y trabajadores.

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