El Estatuto Tributario contempla una serie de sanciones, entre ellas las que se originan por no presentar las declaraciones en los plazos estipulados así como también por realizar correcciones a las declaraciones. A continuación se presentan 10 respuestas a preguntas frecuentes sobre el tema.
El Estatuto Tributario contempla una serie de sanciones, entre ellas las que se originan por no presentar las declaraciones en los plazos estipulados así como también por realizar correcciones a las declaraciones. A continuación se presentan 10 respuestas a preguntas frecuentes sobre el tema.
Pago de mayor valor en declaración de IVA sin incluir la sanción por corrección
Cuando se realiza una corrección a la declaración que genera un aumento del valor a pagar, se deben afectar los siguientes 3 componentes: el mayor valor a pagar del impuesto, el valor de la sanción de la corrección y los intereses que se generan sobre el mayor valor a pagar. Ante el incumplimiento en el pago de uno de estos, la DIAN reimputará el valor pagado para afectar a todos los componentes.
Sanciones para empresa que no paga anticipo cuatrimestral del IVA ni presenta declaración del CREE
No pagar el anticipo cuatrimestral del IVA genera intereses por mora. Por otra parte, no presentar la declaración de autorretención del CREE genera sanción por extemporaneidad e intereses por mora.
Efectos fiscales de realizar un pago del CREE sin sanción impuesta
El parágrafo 1 del artículo 27 de la Ley 1607 del 2012, establece que las declaraciones del CREE deben presentarse con pago total para que se entiendan como presentadas.
Sanción por corrección para pensionado que presenta declaración en formulario 230 y era en el 210
En el artículo 580 del ET no se contempla de manera expresa que la presentación de la declaración de renta en un formulario distinto al correspondiente la dé a entender como no presentada.
Las casillas 105 a 107 del formulario 210 son informativas y no generan sanción, así mismo la DIAN no podrá desconocer la deducción por dependientes si la persona no las diligencia.
Sanciones e intereses moratorios para persona que está secuestrada
De acuerdo con el artículo 20 de la Ley 986 del 2005 y el Concepto 14751 de junio del 2016, la persona secuestrada dispone de un año después de haber sido liberado para cumplir sus obligaciones tributarias sin que se le aplique cobro de sanciones ni intereses.
Sanción que se liquida en corrección de declaración de renta
La corrección de la declaración de renta por motivo del registro de ingreso correspondiente al retiro de cesantías, así como el reconocimiento de este como renta exenta, no da lugar a la liquidación de sanción por corrección.
Sanciones por realizar correcciones, teniendo en cuenta que valor del impuesto no cambia
La corrección de la declaración de renta para diligenciar en el reglón adecuado el valor del anticipo no origina sanción por corrección solo si el valor a pagar o saldo a favor continúa siendo el mismo en comparación a la declaración inicial.
Sanción por extemporaneidad por no presentar declaración del impuesto a la riqueza
La no presentación oportuna de la declaración del impuesto a la riqueza genera sanción por extemporaneidad, que aplica de manera similar a las demás declaraciones tal como lo indica el artículo 9 de la Ley 1739 del 2014.
Contribuyente tiene deuda con la DIAN por impuestos y quiere rebajar intereses y sanciones
La reducción del valor a pagar de las deudas que tiene el contribuyente con la DIAN, es posible mientras estén vigentes ciertos beneficios tributarios de carácter transitorio.