Actualícese.com

Sentencia T-248 de 19-06-2015

Corte Constitucional. Se definió la imposibilidad de que las EPS se nieguen a efectuar el pago de las incapacidades bajo el argumento de que no se ha cumplido con la penalidad impuesta por la inasistencia a las citas médicas, es importante reconsiderar que actualmente se encuentra prohibida la imposición de multas relacionadas con las citas médicas programadas.

Fecha de publicación: 19 de junio de 2015
Sentencia T-248 de 19-06-2015
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Corte Constitucional de Colombia
Sentencia T-248
19-06-2015

Se definió la imposibilidad de que las EPS se nieguen a efectuar el pago de las incapacidades bajo el argumento de que no se ha cumplido con la penalidad impuesta por la inasistencia a las citas médicas, es importante reconsiderar que actualmente se encuentra prohibida la imposición de multas relacionadas con las citas médicas programadas.

Para descargar este documento en PDF, haz click aquí (224 Kb)