En el transcurso de los tres primeros del año se deberá realizar la asamblea general en la propiedad horizontal, y su administrador está en la obligación de convocarla y así definir pautas para que exista un buen funcionamiento dentro de la copropiedad. En nuestro evento presencial Jornada de actualización comercial: principales implicaciones de las asambleas […]
Las decisiones en las asambleas de copropietarios son legales siempre y cuando cumplan con aspectos importantes como la citación en debida forma, el quórum, los temas tratados, entre otras, mencionadas en la Ley 675 del 2001.
En el transcurso de los tres primeros del año se deberá realizar la asamblea general en la propiedad horizontal, y su administrador está en la obligación de convocarla y así definir pautas para que exista un buen funcionamiento dentro de la copropiedad.
Durante los primeros tres meses del 2019 se deberá realizar la asamblea general en la propiedad horizontal, y su administrador está en la obligación de convocarla y así definir pautas para que exista un buen funcionamiento dentro de la copropiedad.
En el transcurso de los tres primeros meses del próximo año se deberá realizar la asamblea general en la propiedad horizontal, y su administrador está en la obligación de convocarla y así definir pautas para que exista un buen funcionamiento dentro de la copropiedad.
La importancia de la legalidad en las decisiones de la asamblea de propietarios, no solo recae en los administradores, miembros del consejo de administración, asesor jurídico, revisor fiscal y contador, sino también, en todas aquellas personas que viven en copropiedad.
Durante la asamblea general de propietarios, uno de los temas de la agenda es la elección del consejo de administración; este debe estar compuesto por un número impar, y aunque no es obligatoria su constitución en todos los tipos de conjuntos o edificios, es usual que en muchas copropiedades se opte por esta figura.
“En la toma de decisiones es importante la presencia de un quórum determinado para que estas resulten válidas; de lo contrario, algún propietario podría refutarlas y solicitar su anulación. Cabe recordar que dicho quórum debe representar por lo menos el 70% de los coeficientes de la propiedad”.
Si un accionista o socio en una sociedad mercantil, o un propietario en una propiedad horizontal, no pueden asistir a una asamblea de accionistas, junta de socios o asamblea de propietarios, es válido que nombren a un apoderado o delegado que los represente. ¿Qué características y facultades debe tener este representante?
La Asamblea General de Propietarios será quien tome la decisión que estime conveniente, de beneficio o no para los morosos, sin perjuicio de los derechos de los cumplidos. Derechos constitucionales no pueden ser violados.
Cuando el asociado, bien de una sociedad mercantil, como de una propiedad horizontal no pueda asistir a reunión del máximo órgano social, tiene derecho a delegar su participación a un apoderado o representante. Conozca los requisitos y restricciones.
Si de un día para otro, la Asamblea de Propietarios decide que la propiedad horizontal pasa de ser residencial a comercial o mixta, el papel del revisor fiscal cambiará. A esta persona se le podría presentar incompatibilidad.