Una copropiedad recibe un vehículo de parte de la constructora. Este forma parte de los bienes comunes. La asamblea decide venderlo y comprar otro de mayor utilidad para la copropiedad. A sabiendas que no somos contribuyente del impuesto de renta en la venta, la secretaria de transito, ¿nos debía hacer retención en la fuente a título de renta?
A propósito de la rendición de cuentas que hizo la Junta Central hace pocos días poniendo en evidencia que existen falencias por parte de quienes ocupan dichos cargos, en este post hemos recopilado la normatividad y doctrina más importante que puede servir de referencia para quienes ocupen este cargo.
El pasado 1 de Septiembre de 2010 el Tribunal Superior de Cundinamarca, en atención a un proceso que la DIAN adelanta desde el año 2008 contra el Centro Comercial Unicentro en Bogotá por el no pago del IVA en el servicio de parqueaderos que tal ciudadela presta hace varios años, expidió su sentencia 200900177 favoreciendo a la copropiedad en su posición de no ser responsable del IVA frente a dicho servicio.
Tribunal Administrativo de Cundinamarca. IVA en las copropiedades. Confirma que si en las copropiedades se explotan sus zonas comunes, no son responsables de IVA.
Responde: Dr. Alexander Coral (Lider de Investigación Legal de actualicese.co)
El Decreto 1060 de Marzo 31 de 2009, que entró en vigencia ese mismo día, dice que en el objeto social de estas entidades se incluirá la explotación de bienes comunes con el objeto de conseguir recursos con los cuales cubrir sus expensas comunes