Mediante el Decreto 419 de marzo 18 de 2020, el Minhacienda reglamentó los criterios para el reconocimiento y pago de la compensación a favor de la población más vulnerable.
Este programa iniciaría en abril, como medida para mitigar la vulnerabilidad económica de los hogares afectados por el COVID-19.
Entre $70.000 y $80.000 cada dos meses recibirán las familias más vulnerables como consecuencia de la medida de la devolución del IVA.
A través del Decreto 458 de 2020, el Ministerio de Hacienda adoptó medidas para los hogares en condición de pobreza en el territorio nacional, dentro del estado de emergencia económica, social y ecológica generada por la pandemia del coronavirus (COVID-19).
Así pues, considerando que la compensación del IVA de que trata el artículo 21 de la Ley 2010 de 2019 se encuentra entre las medidas tratadas en el Decreto 417 de 2020 como una medida que debe ser modificada con el fin de lograr su implementación expedita para mitigar la vulnerabilidad económica de los hogares en condición de pobreza en el territorio nacional, se estableció que el Departamento Nacional de Planeación –DNP– será el encargado de expedir la resolución con el listado de beneficiarios de la compensación. No obstante, será el Consejo Superior de Política Fiscal –Confis– el encargado de dirigir la política fiscal, coordinar el sistema presupuestal y determinar el monto de la compensación.