EL contrato de prestación de servicios, aunque es de naturaleza mercantil, es empleado por algunos de manera similar a los contratos laborales, ya sea por desconocimiento o por ahorrar ciertos pagos. Es importante no confundir estos dos, pues en caso de ser así, se podría demostrar la existencia de un contrato realidad.
Bajo normas locales se reconocían como intangibles algunos activos, como marcas, patentes, derechos, licencias, etc.; para la inclusión de estos elementos en el ESFA deben evaluarse los requerimientos de la Sección 18 del Estándar Internacional para Pymes.
Las sociedades extranjeras se encuentran sometidas a retención en la fuente por los ingresos que perciban de fuente nacional; la tarifa a aplicar dependerá de si las rentas obtenidas son atribuibles o no a un establecimiento permanente o sucursal ubicada en Colombia. En cuanto a las sociedades extranjeras sin ánimo de lucro se les aplicará el régimen tributario especial.
En esta herramienta se han incluido, de acuerdo con los diferentes impuestos nacionales, una serie de tablas en las que se recopilan los valores absolutos, porcentajes y demás datos básicos que se deberán tener presentes a la hora de elaborar declaraciones tributarias y reportes durante 2016.
El Decreto 3032 del 2013 establece las condiciones que deben cumplir las personas naturales para pertenecer a cada una de las categorías tributarias establecidas para efectos del impuesto sobre la renta, dentro de las cuales se encuentra la categoría de empleados. Conozca algunas características y conceptos sobre este tema.
Aunque las pymes debieron elaborar su ESFA con corte al 1 de enero del 2015, aún muchas organizaciones no cuentan con dicho documento base para la convergencia; en este ejercicio se presenta un caso de adopción por primera vez, con la finalidad de ilustrar la forma como se elabora el documento de trabajo de conversión del balance general bajo normas locales a un estado de situación financiera de apertura bajo NIIF para pymes.
Algunos componentes que bajo norma local pudieron considerarse como patrimonio, de acuerdo con las NIIF podrían tener que reclasificarse como pasivos”
En esta herramienta se ilustran los pasos que deberá seguir un agente de retención durante el año 2016 para obtener la retención básica del artículo 383 del ET con procedimiento 1 y su comparación con la retención mínima del artículo 384 del ET. Estos cálculos, y según lo indicado en los decretos 099, 1070 y 3032 del 2013, se deberán aplicar por igual tanto a los asalariados como a los prestadores de servicios que pertenezcan al universo de empleados.
A continuación se presenta un ejercicio, aplicable a los resultados del año 2015 de una sociedad comercial no acogida a los beneficios de la Ley 1429 del 2010, y con el cual se ilustran las distintas partidas conciliatorias con las cuales se depuraría el resultado contable para obtener las bases con las que se liquiden tanto el «impuesto de renta y su complementario de ganancia ocasional», como también el «impuesto sobre la renta para la equidad -CREE».
En esta herramienta se ilustran los cálculos que se deberán hacer en diciembre del 2015 para obtener el porcentaje fijo de retención que se aplicará a los pagos mensuales gravables de los trabajadores, durante el semestre enero-junio del 2016. Igualmente, se ilustra lo que sería la depuración de los pagos en el primer mes de dicho semestre, para la aplicación del porcentaje definido en diciembre combinado con el cálculo de la retención mínima del artículo 384 del ET.
Al momento de determinar la retención en la fuente sobre los pagos o abonos en cuenta realizados por concepto de servicios de transporte, mantenimiento y AIU, es necesario hacer una revisión a las normas para establecer de manera adecuada la tarifa que se aplicará.
El artículo 329 del ET establece la clasificación tributaria de las personas naturales con residencia fiscal para efectos del impuesto de renta, señalando que, de acuerdo con sus características, se pueden clasificar en empleados, trabajadores por cuenta propia, y otros contribuyentes.