Las ganancias ocasionales se pueden clasificar según su procedencia de la siguiente manera:
• Utilidad en venta de activos fijos poseídos 2 años o más.
• Utilidad en liquidación de sociedades con permanencia de 2 años o más.
• Herencias, legados y donaciones.
• Loterías, rifas, apuestas, premios, juegos y similares.
Entre el 21 de noviembre y el 30 de diciembre de 2013 las personas naturales mayores de edad que exijan en sus compras las respectivas facturas o documentos equivalentes a factura, podrán concursar con dichas facturas para ganarse 15 automóviles cero kilómetros libre de impuestos, que se sortearán el 30 de diciembre de 2013. Se podrán usar todo de tipo de facturas o tiquetes de máquina registradora excepto las que se expiden en algunos servicios.
Así lo establece el art. 22 de la Ley 1607 de 2012. Por lo tanto, los ingresos que formarían ganancias ocasionales en el impuesto tradicional de renta no se van a tener en cuenta para la base del CREE, en consecuencia al vender activos poseídos por más de dos años no se debe autorretener el CREE porque ese ingreso nunca va a sumar en la base del CREE.
Las donaciones se denuncian en la zona de ganancias ocasionales. Hasta el año 2012 la norma del art. 308, que fue derogada por la Ley 1607, aun aplica porque se están haciendo las declaraciones del año gravable 2012.
Es importante no superar las 1.200 UVT de lo que se reciba por herencia. Si llega a tener ingresos por ganancias ocasionales aplique solamente la parte no gravada que le permite el Estatuto Tributario; la otra parte quedará como gravada.
Si recibí una herencia por 100 millones de pesos en 2012 y no era declarante, ¿la declaración para el año gravable 2012 debe tener el valor de 100 millones de pesos sólo en el renglón 53 de «ingresos por ganancias ocasionales» o también debe incluirse en el renglón 32 «total patrimonio bruto»?
La Reforma Tributaria ha establecido cuatro nuevas reglas que deben ser tenidas en cuenta para las ganancias ocasionales por herencias o donaciones.
Una persona natural comerciante, régimen común, le debe a su esposo $150.000.000 registrados en contabilidad, pero no tiene documento firmado en notaría y no paga intereses. Este decide regalarle $50.000.000, ¿cuál sería el procedimiento para incluir esta donación en la declaración de renta en la sección de ganancias ocasionales?
Estas son definitivamente las hojas más complejas de las 12 que componen el formato. Además, se puede entender que la DIAN tendrá que ajustar las instrucciones de los renglones 278 y 279 de la hoja 7 del formato 1732, pues es evidente que la forma como fueron diseñados no es acertada.
Si una persona recibe una indemnización del Estado de $200.000.000 en el año 2010, por reparación de los daños en su integridad física, ¿deberá declararlos? ¿Son rentas ordinarias, ingresos no constitutivos de renta o ganancias ocasionales?
Por la muerte en combate de un miembro de las fuerzas militares se está recibiendo los siguientes pagos: salarios, prestaciones, pagos de pólizas de seguro; por un monto cercano a los 200.000.000. ¿Qué ingresos son exentos del impuesto de renta? Las compañías aseguradoras, ¿deben realizar retenciones en la fuente por ganancias ocasionales?
Las ganancias ocasionales, ¿pueden enjugar las pérdidas fiscales (artículos 90 y 196 del E.T.)?