Con base en la normatividad legal vigente, se hace repaso por lo dispuesto en art 771-5 ET, desde la Ley 1430/10, se explican todas las modificaciones posteriores con Conceptos de la DIAN y con la Ley 1731/14 sobre Medidas para Fortalecer el Sector Agropecuario.
Este evento hace parte del Paquete Integral de Actualización en Información Exógena Tributaria – Año Gravable 2011. Durante este seminario-taller, los asistentes fueron actualizados sobre los siguientes temas: Resumen de los reportes exigidos a entidades informantes especializadas: Bancos y demás entidades financieras, Notarios, Tipógrafos, Registraduría Nacional, Cámaras de Comercio, Bolsas de Valores, Comisionistas de Bolsa, Grupos Empresariales; Actualización del RUT y responsabilidades; Firma Digital y Certificado digital; Desarrollo de casos prácticos para los reportes exigidos en la Resolución 11429 de 2011 (reportes exigidos a personas jurídicas y naturales, obligadas o no a llevar contablidad, declarantes de renta o de ingresos y patrimonio) por el 2011.
Si pasa un año sin renovar su matricula mercantil y sin tener aunque sea un trabajador afiliado a la seguridad social, entonces perderán en los siguientes años los beneficios de progresividad en el pago de parafiscales y progresividad en el pago de la renovación de la matrícula mercantil.
Así lo dispuso el artículo 252 de la Ley 1450 de Junio 16 de 2011. De acuerdo con esa norma, las conflictos que se mencionan en los artículos 24, 40, 42 y 43 de la Ley 1258 de 2008, si se presentan en sociedades diferentes a las S.A.S, también serán resueltos por la Supersociedades y no por los jueces ordinarios.
De acuerdo con lo indicado en el artículo 631-1 del Estatuto Tributario, la Resolución DIAN 8661 de Agosto de 2010 y artículo 40 del Decreto 4836 de Diciembre de 2010, las personas o entidades que sean matrices de los Grupos Empresariales deberán entregar esta información unicamente en forma virtual.