Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta:
¿Qué ocurre con la liquidación de los intereses de cesantías cuando el trabajador solicita el pago parcial de las cesantías?
Aportes voluntarios de los contribuyentes a fondos de pensiones se mantendrán como ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional bajo ciertas condiciones. El ahorro en fondos de pensiones voluntarias continuará siendo renta exenta para el impuesto de renta, según los límites individuales.
Los intereses a las cesantías deben ser cancelados a más tardar el 31 de enero de cada anualidad o a la terminación del contrato de trabajo. Recuerde que dichos intereses se liquidan sobre el valor de las cesantías causadas. Por otro lado, no olvide pagar dicho concepto a su empleado/a doméstico.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 249 del Código sustantivo del Trabajo, las cesantías son una prestación social que debe pagar el empleador a sus trabajadores. Dicho pago equivale a un mes de salario por cada año de servicio, o en proporción al tiempo que haya laborado durante dicho período.
La consignación de las cesantías en el fondo o el pago de las mismas al trabajador constituyen ingresos tributarios para este, de conformidad con el artículo 1.2.1.20.7 del DUT 1625 de 2016. No obstante, dicho valor en ningún momento será sometido a retención en la fuente, sin importar el monto.
Los intereses sobre cesantías, al igual que los rendimientos provenientes de aportes realizados a fondos de pensiones voluntarias, deberán incluirse en la cédula de rentas de capital, de acuerdo con el sistema de determinación de impuestos sobre la renta y el Concepto 0912 de 2018 de la Dian.
Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta
¿Sobre qué base se debe calcular el valor a pagar por concepto de intereses de cesantías?, ¿cuál es el plazo máximo para pagarlas y qué sanción laboral aplica si no se realiza el pago oportuno?
¿Cómo retirar las cesantías y para qué pueden utilizarse? ¿Cuáles son los efectos para la empresa frente a un mal procedimiento? ¿Qué ocurre al no pagar los intereses sobre ellas? Estas son algunas de las inquietudes resueltas mediante análisis, conferencias y herramientas de este especial. Como todos los años, los empleadores tienen hasta el 14 […]
El próximo 31 de enero vence el plazo para que los empleadores realicen el pago de los intereses sobre las cesantías a sus trabajadores. El incumplimiento del plazo establecido puede derivar en sanciones para el contratante.
La época decembrina trae consigo una serie de obligaciones especiales en lo que toca a la relación empleador – empleado y unos plazos a cumplir. A continuación, le contamos cuáles son estas responsabilidades, los tiempos establecidos por la ley y los aspectos que todo empleador debe considerar.
Las cesantías son una prestación social que se reconoce en dinero; equivalen a un salario por cada año de servicio prestado por el trabajador o a prorrata del tiempo cumplido durante la vigencia del contrato.
El presente análisis da cuenta de las obligaciones que se suspenden y las que siguen vigentes en la interrupción del contrato por motivo de una huelga promovida por un sindicato de trabajadores, además de esto, se abordan las etapas previas que se deben agotar para poder declararla.