Supersociedades. Salvo estipulación estatutaria en contrario, el reparto de dividendos en la SAS debe respetar la participación porcentual según las pautas que la legislación mercantil impone para las sociedades anónimas.
Supersociedades. El contrato de representación exclusiva una figura atípica, pues no tiene regulación concreta en nuestra legislación mercantil.
Supersociedades. Señaló que la estipulación para otro no es regulada por la legislación mercantil sino por el artículo 1506 del código civil.