Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Etiqueta: marzo 16 2018

Oficio 220-040884 de 15-03-2018

Concepto / Oficio, Derecho Comercial, NORMATIVIDAD Publicado: 15 marzo, 2018

Respecto a la tarifa a la cual debe liquidar el IVA, un patrimonio autónomo constituido por una entidad pública administrado por una fiducia que también es una entidad pública, en un contrato firmado antes del 1 de enero de 2017; la Dian señala que como entidad pública la misma ley sólo le permite celebrar única y exclusivamente contratos de fiducia pública y encargos fiduciarios, con estricta sujeción a lo dispuesto en la norma. Dicho encargo fiduciario o fiducia pública deberán cumplir estrictamente con las normas previstas en la ley de contratación, así como las disposiciones fiscales, presupuestales, de interventoría y control a las cuales esté sujeta la entidad estatal fideicomitente. Lo anterior implica la sujeción a las leyes y específicamente al régimen del IVA en materia de contratación estatal a la tarifa vigente que se retrotrae a la fecha de la celebración del contrato, esto es al 16% en el caso estudiado, teniendo en cuenta que es una entidad pública la fideicomitente, de conformidad con lo previsto en el artículo 192 de la Ley 1819 de 2016.

Concepto 000227 de 02-03-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 2 marzo, 2018

Los contribuyentes que sin ser grandes contribuyentes para el 2016, fueron incluidos como grandes contribuyentes por los años 2017 y 2018 deberán cumplir sus obligaciones de presentar y pagar sus declaraciones correspondientes al impuesto de renta y complementario por el año gravable 2016 en los plazos fijados por el gobierno nacional en el acto administrativo respectivo que es el Decreto 2105 de 2016. Solo quienes hayan sido calificados como grandes contribuyentes a 31 de diciembre de 2016, deben cumplir con las obligaciones tributarias relacionadas con el impuesto de renta y complementarios de acuerdo con el artículo 6° del Decreto 2105 de 2016. Las demás personas jurídicas, sociedades y asimiladas, los contribuyentes del Régimen Tributario Especial, diferentes a los calificados como «Grandes Contribuyentes» a 31 de diciembre de 2016 deben cumplir sus obligaciones relacionadas con el impuesto de renta y complementario de acuerdo con el artículo 7° del Decreto 2105 de 2016.

Concepto 131 de 14-02-2018

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 14 febrero, 2018

El CTCP señala que el reconocimiento inicial y el manejo contable del fondo de imprevistos está descrito en la orientación técnica No. 15, en armonía con el Decreto 2420 de 2015 y en otras normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

Oficio 000094 de 12-02-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 12 febrero, 2018

En el evento en que un becario haya sido beneficiado de la condonación de una beca-crédito otorgada para adelantar estudios fuera del territorio nacional, financiada con recursos públicos o por una entidad del Estado, y cuya condonación de la deuda se da en el año 2017, el monto condonado, tratándose de créditos para estudios en el exterior donde se utilizan tasas cambiarias, corresponderá al valor del crédito inicial ajustado a la tasa vigente en el momento de la condonación, y en consecuencia para el año 2017 la condonación del crédito-beca tributariamente debe tratarse como un ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional.

Oficio 000108 de 12-02-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 12 febrero, 2018

Al resolver consulta sobre si a los sobregiros bancarios que no generan intereses por acuerdos comerciales entre entidades financieras con el contribuyente les aplica la regla del artículo 118-1 del ET referente a subcapitalización; la Dian precisa que la regla contemplada en dicho artículo es en efecto para los eventos en que se busca la procedencia de la deducción de gasto de los intereses originados con ocasión de deudas. Bajo ese presupuesto, dado que no hay intereses que tengan la connotación de gasto y por lo tanto, no van afectar la declaración del impuesto sobre la renta, estos no hacen parte de las reglas previstas en el artículo 118-1 del ET.

Concepto 122 de 12-02-2018

Auditoría y Revisoría Fiscal, Concepto / Oficio, NORMATIVIDAD Publicado: 12 febrero, 2018

El CTCP recuerda que, ante la presencia de amenazas, el contador público debe establecer salvaguardas que minimicen en lo posible el impacto que puedan tener sobre su dependencia.

Concepto 126 de 12-02-2018

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 12 febrero, 2018

El CTCP recuerda que todas las personas naturales o jurídicas que se encuentren obligadas a llevar contabilidad deberán hacerlo aplicando el marco técnico normativo que les corresponda.

Concepto 120 de 10-02-2018

Concepto / Oficio, Estándares Internacionales, NORMATIVIDAD Publicado: 10 febrero, 2018

Las funciones del Consejo Técnico de la Contaduría Pública fueron establecidas en la Ley 1314 de 2009 y reglamentadas en el Decreto 3567 de 2011; dentro de dichas funciones se observa que el CTCP no tiene facultad legal para pronunciarse sobre las convocatorias de asambleas de una copropiedad.

Oficio 000062 de 06-02-2018

Concepto / Oficio, Impuestos, NORMATIVIDAD Publicado: 6 febrero, 2018

Respecto a la tarifa a la cual debe liquidar el IVA, un patrimonio autónomo constituido por una entidad pública administrado por una fiducia que también es una entidad pública, en un contrato firmado antes del 1 de enero de 2017; la Dian señala que como entidad pública la misma ley sólo le permite celebrar única y exclusivamente contratos de fiducia pública y encargos fiduciarios, con estricta sujeción a lo dispuesto en la norma. Dicho encargo fiduciario o fiducia pública deberán cumplir estrictamente con las normas previstas en la ley de contratación, así como las disposiciones fiscales, presupuestales, de interventoría y control a las cuales esté sujeta la entidad estatal fideicomitente. Lo anterior implica la sujeción a las leyes y específicamente al régimen del IVA en materia de contratación estatal a la tarifa vigente que se retrotrae a la fecha de la celebración del contrato, esto es al 16% en el caso estudiado, teniendo en cuenta que es una entidad pública la fideicomitente, de conformidad con lo previsto en el artículo 192 de la Ley 1819 de 2016.

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,