La constitución de una copropiedad como persona jurídica, independiente de sus propietarios, conlleva a diferentes responsabilidades a las que debe darse cumplimiento, las cuales se encuentran consagradas en la Ley 675 de 2001. Con base en ello, presentamos este Especial Actualícese donde abordamos diferentes temáticas relacionadas con la propiedad horizontal, tales como la obligatoriedad de llevar contabilidad y las Normas de Información Financiera aplicables a este tipo de entes económicos, que encierran los temas de las políticas contables, emisión de estados financieros y reconocimiento de activos, pasivos, gastos e ingresos.
Según la NIF para microempresas, a un activo que está en la organización pero del que no se conserva soporte contable y que probablemente en su momento se haya registrado como gasto, ¿qué tratamiento debe dársele para su incorporación en los estados financieros?
En una nueva edición de editoriales al estilo contabilidad para no contadores, se aborda el tratamiento de las cuentas por cobrar a socios y accionistas, que en todos los casos deberán incorporar el valor de los intereses
Los bienes que integran las propiedades, planta y equipo de una organización, sobre todo de tipo industrial y comercial, suelen tener un valor significativo frente a los demás ítems que conforman el estado de situación financiera. A continuación se detallan algunos puntos a tener en cuenta y ejercicios prácticos.
Una microempresa que no logró finalizar su proceso de convergencia según el cronograma legal, ¿en el año 2016 debe iniciar aplicando NIF para microempresas según el Decreto 2706 o debe hacer todo el proceso de transición desde ese año 2016?
¿Cómo se realiza la conciliación del patrimonio a la que se refiere al párrafo 15.11 de la NIF para microempresas?
Entidades que tengan menos de 500 salarios mínimos en activos y menos de 10 trabajadores manos a la obra si no han comenzado con la tarea. Hay que iniciar con el proceso, pero no de forma improvisada. Se debe conocer la normatividad. Contraten a un contador público que conozca del tema y las asesore.
La nueva normatividad en materia de reconocimiento, medición, revelación y presentación de información financiera ha generado confusiones entre los obligados y quienes voluntariamente llevan contabilidad; en esta ocasión queremos ponerle al tanto de la normatividad vigente para cada uno de los tres grupos.
Las copropiedades, al igual que todas las organizaciones del país, deben evaluar a cuál de los tres nuevos grupos de clasificación empresarial pertenecen; si su pequeño tamaño le permite alojarse en el Grupo 3, aplicará contabilidad simplificada.
Para el diseño del nuevo esquema normativo de información financiera en Colombia, se establecieron tres grupos para clasificar a las empresas; conozca en este editorial las condiciones del Grupo 3 –microempresas y las precisiones que hay que tener en cuenta para los cálculos requeridos.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Reconocimiento bajo NIIF de impuesto a la riqueza.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública. Reconocimiento bajo NIIF de impuesto a la riqueza.