Al momento de subir el reporte de información exógena correspondiente al año gravable 2018 se deberá tener cuidado en qué forma se inicia sesión en el portal de la Dian, dado que esto determinará a nombre de quién se está realizando el reporte de tal información.
Teniendo en cuenta que los aportes a salud y pensión se hacen entre el empleador y el trabajador, ¿cómo se reportan los pagos en la información exógena?
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:
Las empresas reportantes de información exógena por el año gravable 2018, ¿en qué formato deben reportar la información de los empleados a quienes les fue entregado el formulario 220?
Pregunta resuelta el 4 de abril de 2019.
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta: De acuerdo con el proyecto de resolución publicado el 7 de marzo de 2019, ¿cuáles son las modificaciones que se proponen respecto a la información exógena del año gravable 2018? Pregunta resuelta el 4 de abril de 2019. Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios precisa […]
Por medio de la Resolución 000024, expedida el 9 de abril de 2019, la Dian introdujo nueve ajustes de última hora a la Resolución 000060 de octubre 30 de 2017 (modificada por la Resolución 000045 de agosto 22 de 2018) respecto al contenido, características y plazos para la presentación de la información exógena ante la administración tributaria. Lo anterior, con el fin de facilitar el reporte por parte de los obligados a presentarla y el uso de la misma por parte de la Dian.
Así mismo, dicha resolución señala que los valores correspondientes al IVA y la retención en la fuente a título de dicho impuesto, asociados a pagos por rentas de trabajo y pensiones, deberán ser reportados en los formatos de pago y retenciones practicadas correspondientes, en el concepto 5016 – Demás costos y deducciones, diligenciando las columnas de pagos o abonos en cuenta deducibles o no deducibles en ceros.
Se recomienda solicitar el RUT a cualquier persona natural a la que se le haya efectuado una compra, para que a futuro se facilite la elaboración de la exógena. Si el reportante no cuenta con el RUT, a través del portal de la Dian, y de forma gratuita, puede confirmar si el tercero tiene o no NIT.
Al digitar los datos de las personas naturales en los formatos no se puede reportar como NIT los datos de las personas que solo tenían cédula. Por otra parte, el prevalidador publicado en febrero 20 de 2018 no permite elaborar los formatos 1004, 1011 y 2276 con los cambios que le fueron introducidos.
Al digitar los datos de las personas naturales en los formatos es importante no cometer el error de reportar como NIT los datos de aquellas personas que solo tenían cédula. Para confirmar si alguien tiene o no un NIT en la Dian se puede usar el servicio informático de “consulta de inconsistencias”.
¿Cuáles son los requisitos necesarios para la elaboración de la información exógena? Es esta una de las preguntas más frecuentes en el entorno de la contaduría pública debido a los cambios realizados o introducidos a la resolución con que se exige cada año dicha información; para el caso actual es la Resolución 000068 de 2016, la cual, al día de hoy ha sido modificada por las resoluciones 022 y 042, y 050 de 2017.