Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Traslado o retiro de cesantías: ¿se encuentran sujetos al cobro del 4 x 1.000?


Traslado o retiro de cesantías: ¿se encuentran sujetos al cobro del 4 x 1.000?
Actualizado: 3 febrero, 2020 (hace 4 años)

El cuatro por mil es un tributo que se causa por la disposición de recursos en el sistema financiero.

La Ley de crecimiento económico 2010 de diciembre de 2019 introdujo una novedad respecto a la aplicación de este impuesto sobre el traslado o retiro de cesantías.

¿Se encuentran sujetos al cobro de la tarifa del 4 x mil el retiro o traslado de cesantías?

El gravamen a los movimientos financieros, más conocido como el cuatro por mil (4 x 1.000), es un tributo nacional que se causa por la disposición de recursos en el sistema bancario.

Este impuesto consiste en descontar $4 por cada $1.000 de la transacción, ya sea que se realice un retiro, pago o traslado desde una cuenta de ahorros o corriente.

Cuatro por mil por retiro o traslado de cesantías

En lo que concierne al interrogante planteado se tiene lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley 2010 de 2019, mediante el cual se adicionó el numeral 31 al artículo 879 del Estatuto Tributario –ET–, el cual establece lo siguiente:

Artículo 99º. Modifíquense los numerales 11 y 21, y adiciónese el numeral 31 al artículo 879 del Estatuto Tributario, los cuales quedarán así:

(…)

31. Los traslados y retiros totales o parciales del auxilio de cesantías y los intereses sobre cesantías que se realicen mediante abono en cuenta de ahorro, efectivo y/o cheque de gerencia estarán exentos del Gravamen a los Movimientos Financieros”.

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Así, según lo dispuesto a través de la norma en mención, los traslados y retiros de cesantías, ya sean totales o parciales, se encuentran exentos del cobro de gravamen por movimientos financieros, o cuatro por mil.

Reducción del gravamen

Conviene mencionar que según lo dispuesto a través del artículo 45 de la Ley 1739 de 2014 se habría establecido que, a partir del año 2019, se daría una reducción gradual de este gravamen hasta que en el año 2021 llegara al uno por mil (1 x 1.000). No obstante, esta disposición no se hizo efectiva. 

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