Para elaborar la declaración de renta de una persona natural por el año gravable 2019 es de vital importancia definir correctamente los patrimonios bruto y líquido, dado que de esto dependen muchos cálculos tributarios.
A continuación, precisamos los aspectos más importantes para tener en cuenta.
Para elaborar la declaración de renta de una persona natural por el año gravable 2019 es de vital importancia definir correctamente los patrimonios bruto y líquido, dado que de esto dependen muchos cálculos tributarios.
A continuación, precisamos los aspectos más importantes para tener en cuenta.
Los conceptos que se reportan en los renglones 28 al 30 del formulario 210 para la declaración de renta de las personas naturales o sucesiones ilíquidas residentes deberán estar medidos al valor patrimonial, independientemente de que se trate de un obligado o no a llevar contabilidad. Al respecto, es válido destacar que fiscalmente solo se deberán declarar los bienes y derechos apreciables en dinero.
Tal como lo abordamos en nuestra cartilla practica Guía para elaborar la declaración de renta de una persona natural, los valores fiscales con los que se denuncien los activos y pasivos al 31 de diciembre de 2019 influyen en muchos cálculos tributarios importantes, entre ellos los siguientes:
De acuerdo con el artículo 267 del ET, por regla general, el valor patrimonial –es decir, el valor por el cual deben denunciarse los activos y pasivos de las personas naturales o sucesiones ilíquidas declarantes– de los bienes o derechos estará determinado por su costo fiscal.
Es importante tener en cuenta que para efectos fiscales solo se reportan, dentro de la respectiva declaración de renta, aquellos bienes y derechos apreciables en dinero y, además, los bienes y deudas poseídos tanto en Colombia como en el exterior (esto dependerá de la categoría de si el declarante es o no residente).
En la siguiente tabla relacionamos las condiciones para el cálculo del valor patrimonial de algunos activos:
Para visualizar completamente esta tabla y conocer las demás condiciones para el cálculo del valor patrimonial de algunos activos, te invitamos a consultar nuestra cartilla Guía para elaborar la declaración de renta de una persona natural.
De acuerdo con el artículo 1.2.1.20.7 del Decreto 1625 de 2016, las cesantías consignadas o causadas en el pasivo del empleador, que permanezcan en los respectivos fondos al cierre del período fiscal, deberán reportarse entre los activos del patrimonio fiscal de la declaración de renta. En virtud de lo anterior, las cesantías causadas recibirán el siguiente tratamiento, según el período al que correspondan:
En nuestra Cartilla Practica Guía para elaborar la declaración de renta de una persona natural podrás estudiar completamente esta tabla, en la cual detallamos el tratamiento de las cesantías acumuladas de asalariados vinculados laboralmente antes y después de la Ley 50 de 1990.
Adicionalmente, podrás conocer más detalles respecto a la preparación de la declaración de renta de las personas naturales, correspondiente al año gravable 2019, además de aquellas obligaciones formales que deberás atender para finalizar el proceso de declaración.
¡Pero eso no es todo!
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