Con la Resolución 2388 del 10 de junio del 2016 se unifican las reglas para pago de aportes a seguridad social a través de la planilla integrada de liquidación de aportes −PILA−.
Con la Resolución 2388 del 10 de junio del 2016 se unificaron las reglas para el pago de aportes a seguridad social a través de la planilla integrada de liquidación de aportes −PILA−.
El Ministerio de Salud y Protección Social, mediante la Resolución 2388 del 10 de junio del 2016, unificó las reglas para el pago de aportes a seguridad social a través de la PILA.
Esta resolución deroga las Resoluciones 2145 del 2006; 1747, 2377 y 3121 del 2008; 199, 504, 990, 1184, 1622, 2249, 2020, 3119, 3123 y 3667 del 2009; 1004 del 2010; 661, 773, 2640, 2641, 3251, 475, 476 y 993 del 2011; 610 y 3214 del 2012; 1300, 2087, 2415, 3336, 4268 y 5094 del 2013; 78, 1715, 2634 y 3527 del 2014; 225, 673, 1015 y 5304 del 2015; y 483 del 2016.
Dicha ley se compone de los siguientes 5 anexos técnicos:
En resumen, los anteriores anexos contienen las especificaciones y estructuras de los archivos a reportar por aportantes, pagadores de pensiones y operadores de información, como también las reglas de negocio de aplicación para el pago de aportes al sistema de seguridad social integral y parafiscales a través de la PILA. Estos últimos dispondrán de un plazo de seis meses para la implementación de dichos anexos, a excepción de los numerales 2.1.1.2.2, 2.1.2.3.1 y 2.1.2.3.4 del capítulo 1 del anexo 2 y del numeral 2.2.2.5 del capítulo 1 del anexo 3, los cuales dispondrán de un mes para su puesta en marcha.
Fuente: Ministerio de Salud y Protección Social.