Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Valor de la UVT a considerar para el cálculo de la sanción mínima


Actualizado: 14 septiembre, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta 

Si se va a presentar la declaración de renta de una persona natural correspondiente año gravable 2017 de manera extemporánea, al calcular la sanción mínima ¿se hace con base en el valor de la UVT de 2017 o la de 2018?

Resueltas agosto 30 de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios menciona que año tras año es fijada la unidad de valor tributario –UVT–, patrón de medida que sirve para efectuar el cálculo de los respectivos impuestos a liquidar y pagar, tanto por las personas naturales como por las personas jurídicas. Esta unidad quedó fijada en $33.156 para el año gravable 2018, presentando de esta manera un incremento del 4,07 % respecto al año gravable 2017.

En ese sentido se precisa que, si un contribuyente presenta la declaración de renta en 2018, pero esta corresponde al año gravable 2017, deben calcular la sanción por extemporaneidad que señala el artículo 641 del Estatuto Tributario, pero tomando el valor de la UVT fijado para el año gravable 2018.

 

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