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Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Día: 4 de mayo de 2015

Buenos días 4 mayo

ACTUALIDAD Publicado: 4 mayo, 2015

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Empresas temporales: tres límites a tener en cuenta para evitar sanciones

ACTUALIDAD, Derecho Laboral Publicado: 4 mayo, 2015

Las empresas usuarias o los clientes de empresas de servicios temporales cuentan con límites a la hora de hacer algún tipo de contratación laboral. El Ministerio de Trabajo busca la estabilidad laboral y si no se cumple, hay multas de por medio.

Usuario tiene 5 meses para reclamar por mal cobro de factura de servicios públicos

ACTUALIDAD, Derecho Comercial Publicado: 4 mayo, 2015

Si un usuario considera que en la factura de servicios públicos le están cobrando algo que no ha consumido, tiene derecho a reclamar por ello, siempre que sea dentro de los 5 meses de expedición de la factura reprochada, ya que después de ese tiempo puede perder el derecho a hacerlo.

Prescripción de los derechos laborales

ACTUALIDAD, Derecho Laboral Publicado: 4 mayo, 2015

Los derechos laborales tienen un tiempo de vigencia para ser reclamados; el empleado cuenta con un período límite para proceder con las acciones legales que propenden por la exigencia de las obligaciones incumplidas por el empleador.

Sociedad conyugal: características, disolución y liquidación

ACTUALIDAD, Derecho Comercial Publicado: 4 mayo, 2015

La sociedad conyugal es una figura jurídica del régimen patrimonial del derecho en Colombia, que se encuentra constituida por la unión matrimonial de dos personas y esta reglamentada por el Código Civil.

Intermediación Laboral: nuevos mecanismos de control

CASOS PRÁCTICOS, Derecho Laboral Publicado: 4 mayo, 2015

Los empleadores con la finalidad de evadir las responsabilidades derivadas de las relaciones laborales, han acogido la modalidad de la contratación por medio de empresas externas, que se encargan de la administración de los trabajadores, pues así evitan el pago de indemnizaciones por despidos injustificados o por otros factores salariales derivados de la vinculación contractual directa con la organización.

Legalidad y validez de la renuncia verbal

ACTUALIDAD, Derecho Laboral Publicado: 4 mayo, 2015

La renuncia verbal es un mecanismo con el cual cuenta el empleado para finalizar la relación laboral y es aceptado por el Código del Trabajo, pero el ideal es consumar dicha terminación mediante comunicación escrita, de modo que constituya la prueba de las condiciones en las que terminó el contrato.

Incoterms, tipo DDP – Entregados derechos pagados

Derecho Comercial Publicado: 4 mayo, 2015

El DDP – Entregados derechos pagados – es un tipo de contrato Incoterms para las operaciones de compraventa internacionales. En este tipo de contratos, el vendedor entrega las mercancías al comprador, despachadas para la importación.

Incoterms, tipo DEQ – Entrega en muelle

Derecho Comercial Publicado: 4 mayo, 2015

Incoterms, tipo DEQ – Entrega en muelle de recepción acordado, sin despachar para la importación, es un tipo de contrato Incoterms para las operaciones de compraventa internacionales.

Interrupción de la prescripción de los derechos laborales

ACTUALIDAD, Derecho Laboral Publicado: 4 mayo, 2015

Un trabajador tiene tres (3) años para presentar las acciones judiciales en contra de su empleador, con la pretensión de exigir los derechos económicos no cancelados; muchas veces este término resulta insuficiente, para lo cual se cuanta con la herramienta de la interrupción de la prescripción.

Despido indirecto

Derecho Laboral Publicado: 4 mayo, 2015

El despido indirecto es comúnmente conocido como autodespido y es un derecho que otorga la legislación al trabajador para que por iniciativa propia, se dé término a la relación laboral, para los casos en los que se considere que el empleador ha incurrido en un grave incumplimiento de sus obligaciones legales, contractuales o convencionales.

El mínimo vital es diferente al salario mínimo

Derecho Laboral Publicado: 4 mayo, 2015

En concordancia con el artículo 53 de la Constitución colombiana, que establece el derecho de los trabajadores a una remuneración mínima vital y movilidad proporcional a la cantidad y calidad de trabajo, el mínimo vital debe ser correspondiente con las ofertas del mercado y la realidad económica del país.

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