Actualizado: 27 octubre, 2011 (hace 13 años)
Aquí hablaremos sobre...
- Regla general:
- La excepción: Los servicios públicos
- Romper solidaridad entre el dueño del inmueble y el inquilino frente al pago de servicios públicos
- ¿En contratos de arrendamiento vigentes, se puede exigir la constitución de pólizas o depósitos para garantizar el pago de servicios públicos a favor de la Empresa de Servicios?
- Otros casos en los que no hay solidaridad entre el dueño del inmueble y los inquilinos:
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