Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Activos de menor cuantía en el año gravable 2022


Actualizado: 31 diciembre, 2021 (hace 2 años)

Los activos de menor cuantía para efectos fiscales son aquellos que poseen un costo igual o inferior a 50 UVT.

El valor de la UVT fijado por la Dian para 2022 es de $38.004.

Aquí te contamos cuál es el valor en pesos de este indicador y la normativa que lo regula.

De acuerdo con el artículo 1.2.1.18.5 del Decreto 1625 de 2016 los activos fijos depreciables cuyo valor de adquisición sea igual o inferior a 50 UVT, podrán depreciarse en el mismo año en el que se adquieran, sin consideración de la vida útil de los mismos; estos, son considerados entonces, activos de menor cuantía.

En virtud de lo anterior, dado que la Dian, a través de la Resolución 000140 de noviembre 25 de 2021 fijó en $38.004 el valor de la UVT que regirá en 2022, los activos que podrán depreciarse en el mismo año calendario en que sean adquiridos (12 meses o un período fiscal), serán aquellos cuyo valor de adquisición sea igual o inferior a $1.900.000 para el año 2022  (50 UVT calculadas a un valor de $38.004 cada una).

Al respecto es válido recordar la diferencia de concepto entre vigencia fiscal y período gravable, toda vez que dicho monto de activos de menor valor a $1.900.000 deberá tenerse en cuenta para efectos fiscales al elaborar la declaración de renta del año gravable 2022, que se presentará en la vigencia fiscal de 2023.

Material relacionado:

 


 

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,