Unidad de valor tributario –UVT– para Colombia

La UVT es la medida equivalente a pesos utilizada para determinar diferentes obligaciones tributarias, como lo son las cuantías mínimas de retención en la fuente o sanciones.

Según el artículo 868 del ET, este valor debe ser reajustado anualmente según la variación del índice de precios al consumidor para ingresos medios.

SegĆŗn el artĆ­culo 868 del Estatuto Tributario –ET–, la unidad de valor tributario –UVT– es una medida cuyo fin en unificar y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias. En materia tributaria, los contribuyentes deben atender obligaciones de tipo formal y sustancial; el incumplimiento en cualquiera de estas acarrea una serie de sanciones exigibles e imputables por la Dian

La UVT es utilizada como referencia para ajustar los valores contenidos en las disposiciones relativas a impuestos y obligaciones administradas por la Dian, como por ejemplo:

  • CuantĆ­as mĆ­nimas de retención en la fuente
  • Sanciones
  • LĆ­mites de ingresos para no ser responsables del IVA, entre otros.

Esta unidad de valor tributario, creada con la Ley 1111 de 2016, debe ser reajustada anualmente de acuerdo con la variación del índice de precios al consumidor para ingresos medios, certificado por el Dane, en el período comprendido entre el 1 de octubre del año gravable anterior y la misma fecha del actual año gravable.

No obstante, el Dane reemplazó la categorĆ­a ā€œIngresos mediosā€ por el tĆ©rmino ā€œClase mediaā€, debido a la nueva metodologĆ­a del IPC que utilizó una clasificación por niveles de ingresos de acuerdo con los tamaƱos del mercado local. Al respecto, de acuerdo con lo manifestado por el Dane, la categorĆ­a de ā€œIngresos mediosā€ es equivalente a la de ā€œIngresos clase mediaā€.

¿Cómo se convierten los datos dados en UVT a pesos?


Cada año el director de la Dian debe publicar mediante resolución antes del 1 de enero, el valor de la UVT que regirÔ para el período gravable siguiente.

En el siguiente video, podrƔ escuchar de primera mano, cuƔl es el procedimiento y las variables que influyen a determinar el valor de UVT por cada aƱo

Cuando una cifra estÔ dada en UVT, su conversión a pesos requiere tan solo multiplicar tal cifra por el valor reglamentado por el director de la Dian para ese año.

Ahora bien, cuando las cifras y valores expresadas en UVT se conviertan en valores absolutos (entiéndase expresado en pesos), se deberÔn aproximar de la siguiente manera, con el fin de obtener cifras enteras y de fÔcil operación. Veamos:

  • Se prescindirĆ” de las fracciones en pesos, por lo cual deberĆ” tomarse el nĆŗmero entero mĆ”s próximo cuando el resultado sea $100 o menos.
  • Se aproximarĆ” al mĆŗltiplo de 100 mĆ”s cercano, si el resultado estuviese entre $100 y $10.000.
  • Se aproximarĆ” al mĆŗltiplo de 1000 mĆ”s cercano, cuando el resultado fuese superior a $10.000

Desde 2020, multas y otras tarifas se convirtieron a UVT


A travĆ©s del artĆ­culo 49 de la Ley 1955 de 2019 (Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022) se estableció que a partir del 1 de enero de 2020 todas las multas, tasas, tarifas, sanciones, estampillas y otras cifras que actualmente se encuentran expresadas en tĆ©rminos de salarios mĆ­nimo mensuales vigentes –smmlv– (caso, por ejemplo, de las multas de trĆ”nsito, las sanciones del Código Penal y las tarifas para renovar la matrĆ­cula mercantil) deberĆ”n ser reexpresados en tĆ©rminos de UVT. Dicho artĆ­culo en mención reza:

ā€œArtĆ­culo 49. CĆ”lculo de valores en UVT. A partir del 1° de enero de 2020, todos los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas, actualmente denominados y establecidos con base en el salario mĆ­nimo mensual legal vigente (smmlv), deberĆ”n ser calculados con base en su equivalencia en tĆ©rminos de la Unidad de Valor Tributario (UVT). En adelante, las actualizaciones de estos valores tambiĆ©n se harĆ”n con base en el valor de la UVT vigente.

ParĆ”grafo. Los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas, que se encuentren ejecutoriados con anterioridad al 1° de enero de 2020 se mantendrĆ”n determinados en smmlvā€.

(Los subrayados son nuestros)

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