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Activos en el exterior a enero 1 de 2021: ¿quiénes deberán reportarlos y en qué formulario?

Personas naturales residentes del régimen ordinario y entidades nacionales del régimen ordinario o especial presentarán el formulario 160 de 2021 si poseen activos en el exterior superiores a 2.000 UVT.

Los inscritos en el régimen simple observarán el mismo monto de activos al 31 de diciembre de 2020.

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Fecha de publicación: 11 de febrero de 2021
Activos en el exterior a enero 1 de 2021: ¿quiénes deberán reportarlos y en qué formulario?
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Personas naturales residentes del régimen ordinario y entidades nacionales del régimen ordinario o especial presentarán el formulario 160 de 2021 si poseen activos en el exterior superiores a 2.000 UVT.

Los inscritos en el régimen simple observarán el mismo monto de activos al 31 de diciembre de 2020.

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