El artículo 420 del ET describe los hechos que se encuentran sujetos al cobro del IVA, obligación que se declara en el formulario 300 de manera bimestral o cuatrimestral. A continuación, presentamos 11 aspectos considerados de vital importancia para los obligados a responder por dicho impuesto.
El artículo 420 del ET describe los hechos que se encuentran sujetos al cobro del IVA, obligación que se declara en el formulario 300 de manera bimestral o cuatrimestral. A continuación, presentamos 11 aspectos considerados de vital importancia para los obligados a responder por dicho impuesto.
Aspectos tributarios acerca del IVA modificados por el PND 2018–2022
La Ley 1955 de mayo 25 de 2019 fue expedida con el propósito de regular el Plan Nacional de Desarrollo 2018–2022, disposición que se encargó, entre otros aspectos, de modificar 30 normas de carácter tributario.
Dentro de los cambios introducidos está el realizado al artículo 468-1 del Estatuto Tributario mediante el artículo 74, normativas que hacen referencia a los bienes y servicios gravados con un IVA del 5 %, en el cual se establece que los productores de ACPM y gasolina deben cobrar el IVA con la tarifa en mención.
Cobro del IVA para contribuyente que se dedica a la agricultura
Para determinar si un agricultor es o no responsable del IVA se debe evaluar si produce bienes excluidos, exentos o gravados al 5 %, y si al hacerlo se observa que no es así, se deberá entonces gravar los productos con la tarifa general del IVA, es decir, al 19 %, y presentar la declaración en el formulario 300.
Para más información, validar lo dispuesto en los artículos 424, 437 y 468-1 del Estatuto Tributario.
Cambios introducidos por la Ley 1943 de 2018 y relacionados con el AIU
El AIU, que traduce “administración, imprevistos y utilidad”, es una figura que se utiliza en la prestación de ciertos servicios para efectos de cobrar el IVA, por ejemplo en la construcción de bienes inmuebles y servicios de vigilancia y aseo, de acuerdo con lo indicado en el artículo 468-3 del Estatuto Tributario.
Ahora bien, al hacer la lectura de los 122 artículos que componen la Ley 1943 de 2018, denominada también “Ley de financiamiento”, se puede observar que no fueron incluidos cambios relacionados con la aplicación de la figura del AIU.
Tratamiento fiscal del IVA cancelado en la adquisición de activos fijos
Para entender qué se debe hacer con el IVA cancelado en la adquisición de activos fijos es necesario abordar los criterios fijados en el artículo 258-1 del Estatuto Tributario.
Es así como al hacer el ejercicio de lectura de la normatividad citada se puede observar que el contribuyente tiene la opción de tomar el IVA pagado en la compra de activos fijos productivos como descontable en la declaración por dicho impuesto, o como descuento en la declaración de renta; pero nunca lo podrá tomar simultáneamente en ambas declaraciones.
Obligación de cobrar el IVA por estar en el régimen simple de tributación
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, menciona que en lo que respecta al IVA existen bienes o productos gravados, exentos o excluidos de dicho impuesto.
También menciona que la Ley 1943 de 2018 le dio vida al nuevo régimen simple de tributación, el cual es abordado entre los artículos 903 y 916 del Estatuto Tributario.
En dicha normatividad se puede observar, puntualmente en los artículos 907 y 908 del ET, que quienes sean dueños de tiendas o peluquerías no son responsables del IVA, así se pasen al régimen simple de tributación; sin embargo, hasta el momento no se tiene claridad sobre si pasará lo mismo con el resto de contribuyentes que se acojan al régimen en mención, razón por la cual es pertinente esperar a que se expida la reglamentación.
Para leer más sobre este tema, vaya al siguiente análisis Reglamentación para el régimen simple corregiría varios problemas contenidos en la Ley 1943 de 2018.
Obligación de declarar renta para persona natural responsable del IVA
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, aclara que para dar respuesta a la consulta se debe estudiar lo dispuesto en el artículo 592 del Estatuto Tributario, al igual que lo señalado en el Decreto 2442 de 2018.
De acuerdo con la normatividad citada, se puede afirmar que toda persona natural que al 31 de diciembre califique como responsable del IVA queda como sujeto obligado a presentar la declaración de renta entre el 6 de agosto y el 17 de octubre de 2019, si se trata del año gravable 2018.
Cobro del IVA en la venta de casas de interés social
De acuerdo con los cambios que introdujo la Ley 1943 de 2018, en la actualidad es incorrecto aplicar el cobro del IVA en la venta de bienes inmuebles; sin embargo, lo que sí procede en este caso es el impuesto nacional al consumo por la venta de los bienes en mención, sin importar que sean nuevos o usados, y siempre y cuando el valor supere las 26.800 UVT. Así quedó fijado en el artículo 512-22 del Estatuto Tributario, disposición que fue reglamentada por el Decreto 961 de junio de 2019.
Facturación del IVA en ventas a sociedades de comercialización internacional
Las ventas que se realizan a las denominadas “sociedades de comercialización internacional” se encuentran exentas del IVA de acuerdo con lo que señala el artículo 481 del Estatuto Tributario, siempre y cuando dichos bienes terminen siendo exportados.
Periodicidad del IVA para 2019
Los contribuyentes que presentan la declaración del IVA deben utilizar el formulario 300. Ahora bien, es de anotar que esta obligación debe hacerse con una regularidad bimestral o cuatrimestral cuando se opera en el régimen ordinario, pues los únicos que la pueden presentar con una periodicidad anual son los contribuyentes que se acojan al régimen simple de tributación, el cual fue instaurado por la Ley 1943 de 2018.
De igual manera, es de suma importancia mencionar que si las declaraciones del IVA se presentan con periodicidades que no corresponden, pueden ser dadas por la Dian como no presentadas.
Condiciones para quedar obligado a cobrar IVA
Serán responsables del IVA los contribuyentes que cumplan con algunos de los criterios que señala el artículo 437 del Estatuto Tributario. Frente al caso en cuestión es claro que el contribuyente se convierte en responsable por el IVA porque está superando las 3.500 UVT con ocasión a la firma del contrato. Si es la primera vez que se declara el impuesto, su periodicidad será bimestral.
Consulta ante la Dian sobre obligados a cobrar IVA
Lo primero que se debe aclarar en este caso es que las declaraciones del IVA para los contribuyentes que operan en el régimen ordinario solo hasta el 2016 podían ser presentadas incluso con la periodicidad anual, puesto que para los años siguientes aplican únicamente las periodicidades bimestral y cuatrimestral; esto según lo descrito en el artículo 600 del Estatuto Tributario –a excepción de los contribuyentes que se acojan al régimen simple de tributación–.
De igual manera, es importante precisar que en el portal de la Dian, puntualmente en la zona de formularios, el contribuyente puede consultar, con su respectivo usuario y contraseña, las declaraciones del IVA de años anteriores que haya presentado.