¿Una estación de gasolina puede seguir usando el sistema POS de facturación después del 1 de septiembre de 2020 o debe emitir solo factura electrónica con el NIT 222222222?
Responde conferencista: Diego Guevara
¿Una estación de gasolina puede seguir usando el sistema POS de facturación después del 1 de septiembre de 2020 o debe emitir solo factura electrónica con el NIT 222222222?
Pregunta resuelta agosto 13 de 2020
Conoce en esta publicación cómo deben ser facturadas las ventas de combustibles derivadas de petróleo luego de la entrada en vigor del Decreto 358 de 2020, normativa que modificó, entre otros aspectos, al artículo 1.6.1.4.2 del DUT 1625 de 2020.
Al respecto, es importante precisar que los costos y gastos incurridos entre el 2 de noviembre y el 31 de diciembre de 2020 que no cumplan con las condiciones establecidas en el artículo 83 de la Resolución 000042 de 2020 serán rechazados en el impuesto de renta.