Mario Cruz dice que es importante regular diversas modalidades de trabajo y velar porque las personas accedan a diferentes subsistemas de seguridad social.
Para Mónica Cuervo, existe una posible precarización del empleo y afectación de las garantías mínimas constitucionales de los trabajadores.
Según Jorge Llano, permitiría que informales coticen al sistema pensional.
Mario Cruz dice que es importante regular diversas modalidades de trabajo y velar porque las personas accedan a diferentes subsistemas de seguridad social.
Para Mónica Cuervo, existe una posible precarización del empleo y afectación de las garantías mínimas constitucionales de los trabajadores.
Según Jorge Llano, permitiría que informales coticen al sistema pensional.
El programa Piso de Protección Social, reglamentado con el Decreto 1174 de 2020, y que comenzó a regir desde el 1 de febrero de 2021, viene despertando mucha polémica. Su objetivo es formalizar a trabajadores que no cotizan a pensión porque tienen menos de un salario mínimo de ingreso, para que cuenten con un ahorro llegada la etapa de vejez.
Uno de los puntos polémicos que se vienen tocando es si el programa permite o no la contratación por horas. Sobre este tema, en el portal del Ministerio del Trabajo, en su documento Mitos y realidades del Piso de Protección Social, se aclara que el programa no permite o posibilita la contratación por horas.
«Este decreto no modifica las normas laborales existentes de los trabajadores. Lo que hace es reconocer a quienes, por diferentes circunstancias de su trabajo, no alcanzan a tener ingresos de un salario mínimo mensual», indica el documento.
El ministro del Trabajo, Ángel Custodio Cabrera, recientemente dijo que este programa no será una vía de precarización laboral. Para lograrlo, se expedirá una circular conjunta con la Unidad de Gestión de Pensiones y Parafiscales -UGPP- para mostrar el mecanismo de protección y va a haber fiscalización.
«Estamos preparando varios actos administrativos. Una es una circular del Ministerio de Trabajo aclarando todos los temas, porque a veces confundimos que el trabajador que ingrese al Piso de Protección Social no va a tener ninguna garantía», dijo.
Angie Marcela Vargas, especialista en Derecho Laboral y de Seguridad Social explica en detalle si las personas acogidas al piso de la protección social pueden ser contratadas por horas.
Mario Cruz, director de la Cámara de Seguridad Social y Vida de Fasecolda hace hincapié en entrevista con Actualícese sobre la importancia de la flexibilización laboral.
Cruz dice que es importante la regulación de las diversas modalidades de trabajo y velar porque estas personas tengan acceso a los diferentes subsistemas de seguridad social, especialmente al de riesgos laborales cuya cobertura es aproximadamente del 48 % de la población ocupada.
«Proyectos de ley como el del trabajo por horas son importantes debido a que determinan el marco legal para las relaciones empleador-empleado, enmarcadas en el concepto de flexibilización laboral», afirma.
Por su parte, Mónica Cuervo, abogada especialista en derecho laboral, docente de la Universidad del Rosario, consultora y asesora afirma en dialogo con Actualícese que las respuestas al desempleo en Colombia no están únicamente relacionadas con medidas vinculadas a la regulación de temas como los contratos por horas o el piso de protección social.
«Estas vienen generando toda una discusión sobre sus efectos en la posible precarización del empleo o en la afectación de las garantías mínimas constitucionales de los trabajadores», dice.
Cuervo pone lupa en entender y analizar las condiciones específicas a las que se enfrentan mujeres y jóvenes en el día a día, y que afectan sus posibilidades de acceder a un empleo y mantener su estabilidad laboral.
«Situaciones como el hecho de tener que compaginar el trabajo fuera de casa con el trabajo como cuidador dentro de ella, las responsabilidades y las tareas de hogar, así como las dificultades en el acceso a una educación de calidad, deben ser tomadas en consideración para permitir condiciones laborales mucho más favorables», explica.
Jorge Llano, vicepresidente técnico de Asofondos, afirma en entrevista con Actualícese que la contratación por horas permitiría, en principio, que la mayoría de los trabajadores informales puedan cotizar activamente al sistema pensional y ahorrar para su vejez.
De esta forma, cuando lleguen a la edad de pensión podrán recibirla o contar con un ingreso vitalicio a través del sistema BEPS.
Adicionalmente, hay ciertas poblaciones que no pueden trabajar tiempo completo, como, por ejemplo, los jóvenes estudiantes y las mujeres que tienen hijos menores de edad (dos grupos que presentan una tasa de desempleo muy elevada), quienes podrían acceder a tiempos parciales más fácilmente y, a su vez, podrían cotizar por ese tiempo aumentando sus probabilidades de acceder a un ingreso en la vejez.